Histórico consenso en acuerdo de salario mínimo en Honduras.

Luego de varias jornadas de trabajo la comisión tripartita conformada por obreros, empleadores y gobierno lograron un acuerdo con el que se poder incrementar porcentajes al salario mínimo correspondientes a los años 2012, 2013 y 2014

 

A continuación el acuerdo firmado este día por parte de los representantes de estas comisiones negociadoras.

ACUERDO Nº STSS-001-2012

 

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

 

CONSIDERANDO: Quela Constitución dela República y las leyes laborales vigentes garantizan el derecho de todo trabajador a devengar un salario mínimo, entendiéndose como tal, el ingreso base que recibe un trabajador para satisfacer sus necesidades económicas y coadyuvar al ingreso familiar.

 

CONSIDERANDO: Que la economía de nuestro país, está sujeta a la dinámica del comportamiento del mercado mundial, lo que hace imperativo propiciar la reactivación de algunos sectores productivos del país, en tanto se produce una recuperación de la economía internacional y una mayor confianza de los agentes económicos internos.

 

CONSIDERANDO: Que nuestro país, está inmerso en una agresiva política de competitividad regional, por lo cual, en materia de salario se deben tomar decisiones que abonen al desarrollo de las empresas para preservar los empleos existentes y crear a su vez, las condiciones para generar más oportunidades de empleo, a través de nuevas inversiones, aparejadas con acciones concretas que dignifiquen al trabajador como persona humana, mejoren su condición de vida y la de su familia.

 

CONSIDERANDO: Que el actual Gobierno dela República por medio dela Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, los trabajadores a través de las tres centrales obreras del país y los empleadores mediante el Consejo Hondureño dela Empresa Privada yla Asociación Hondureña de Maquiladores, actuando de buena fe y demostrando la capacidad que existe en cada uno de los sectores que representan, para llegar a consensos en beneficio de la población hondureña, han suscrito dos acuerdos históricos que recogen medidas encaminadas a establecer un salario razonable para los trabajadores, mantener la armonía entre el capital y el trabajo, la protección del empleo y el fortalecimiento de los sectores productivos del país, denominándose tales instrumentos: ACUERDO TRIPARTITO  SOBRELA REVISION DEL SALARIO MINIMO PARA LOS AÑOS  2012 Y 2013 y, ACUERDO  DE PROTECCION, ESTABILIDAD DEL EMPLEO,  FORTALECIMIENTO DEL  SECTOR  LABORAL  Y  EMPRESARIAL   DE LA  MAQUILA  HONDUREÑA.

 

CONSIDERANDO: Quela Comisión del Salario Mínimo, integrada con representantes del interés patronal, obrero y público, luego de sostener un diálogo franco y directo sobre el salario mínimo y de realizar los análisis correspondientes sobre la realidad del empleo, salarios, inflación, productividad y la economía del país, establecieron por consenso un nuevo salario mínimo equilibrado, que propende mantener los niveles de empleo, el crecimiento económico y el desarrollo social de la nación.

 

POR TANTO: En uso de sus facultades y en aplicación de los Artículos 128 numeral 5 y 245 numeral 42 dela Constitución dela República, 381 y 382 del Código del Trabajo 1, 2, 20, 23, 24, 25 dela Ley del Salario Mínimo; 117,118 y 119 dela Ley General dela Administración Pública.

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Fijar el salario mínimo que regirá en todo el país a partir del uno de enero del año dos mil doce, de conformidad a las actividades económicas, estratos de trabajadores y montos descritos.

SEGUNDO.– Aprobar en todas y cada una de sus partes, el acuerdo que de manera tripartita y en el marco de la negociación del salario mínimo para este año, adoptaron los representantes del sector privado, obrero y el gobierno para los efectos de la fijación del salario mínimo correspondiente al año 2013, por consiguiente, se procederá en los términos expresados en el Acuerdo Tripartito suscrito en esta misma fecha, fijando oportunamente el salario mínimo que regirá para el año 2013.

TERCERO.- Aprobar el acuerdo excepcional adoptado en forma tripartita en esta misma fecha, para la fijación del salario mínimo aplicable para el año 2014, específicamente para las empresas adheridas al régimen de zonas libres, a través del cual se fija el mismo, en un monto mensual de L. 5,380.70.

 

CUARTO.-La Secretaría de Trabajo y Seguridad Social, a través dela Dirección General de Salarios yla Inspección General del Trabajo, será responsable de vigilar el estricto cumplimiento del pago del salario mínimo, de acuerdo a las normas legales establecidas.

QUINTO.- El presente Acuerdo deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta.

Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los doce días del mes de enero del año dos mil doce.

COMUNÍQUESE.

 

 

 

 

2 comentarios de “Histórico consenso en acuerdo de salario mínimo en Honduras.

  1. María Luisa Cálix C. dice:

    Con este gran pacto social, nunca visto en Honduras, seguramente se mejorarán los derechos sociales de las familias de los y las trabajadores/as. Como se reflejan en este consenso histórico, los principios generales de justicia, especialmente en que con ello habrá una reducción del trabajo mal pagado y por ende será mínimo también el subempleo, la economía informal, la explotación laboral y por supuesto, no habrá aumento en 3 años, de la canasta básica, de los bienes y servicios básicos.

    No hay razones para que suceda lo contrario, porque los grandes negociadores eran líderes y dignos representantes de sus organizaciones, satisfechos de su negociación, quienes han utilizado una destreza negociadora como factor esencial de éxito.

    Yo esperaría que de aquí en adelante la gran masa trabajadora en Honduras ya no coma cáscara o concha de mínimo, o que mínimamente se alimente con una semita y una Coca-Cola, o que simplemente el mínimo deje de ser su dieta básica. La negociación, no hay duda, ha sido de ganar, ganar, a tal grado que la lucha por la seguridad alimentaria en Honduras pasó a segundo plano.

    ¡Salud trabajadores hondureños!…. La necesitarán…

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