Alerta sobre violación a la libertad de expresión en Honduras: C Libre informa

Jueza pone mordaza a comunicador en su propio juicio oral y público

 

Alertas C-Libre 0063-2012

20-07-12

 

 

Tegucigalpa, Honduras (Conexihon.info).- La jueza Carmen Canales Canales, emitió el día 20 de julio una resolución mediante la cual prohíbe, al periodista Luis Ortiz de Canal 36 y a su cuerpo de abogados, divulgar información relativa al juicio oral y público que se ventila en el Juzgado de Paz de Tegucigalpa en contra del «canciller» dela Iglesia Católica, Carlos Magno Núñez, por violenta agresión al comunicador.

El argumento de la jueza para acallar al periodista es que su vida y la del cura corren riesgo, por lo que puso en «secretividad» el proceso judicial.

La resolución fue aprobada a solicitud del apoderado legal del Padre Carlos Magno, sin tomar en cuenta a la parte demandante.

De acuerdo con una fuente de C-Libre, el documento establece, entre otras situaciones, que ni el periodista Luis Ortiz y su cuerpo de abogados pueden divulgar información sobre el caso. La juez también pone como excusa que su decisión se debe a que, en las afueras del juzgado, se han producido manifestaciones de solidaridad a favor del reportero que ponen en peligro su integridad física y la del sacerdote.

Según la fuente, el periodista Ortiz ha sufrido diferentes vejámenes del sistema jurídico nacional al parcializarse con el clérigo, así como la influencia del poder religioso, que pone en jaque al Estado laico, al interferir en la aplicación de la justicia.

A criterio de C-Libre esta resolución violenta garantías constitucionales en materia de derechos y pone en duda en el ámbito internacional los compromisos asumidos por Honduras en diversos foros, instrumentos jurídicos y organismos que defienden los Derechos Humanos en el mundo.

Para el casola Constitucióndela Repúblicaen su artículo 72 reza que «es libre la emisión del pensamiento por cualquier medio de difusión, sin previa censura. Son responsables ante la ley los que abusen de este derecho y aquellos que por medios directos o indirectos restrinjan o impidan la comunicación y circulación de ideas y opiniones».

Asimismo el artículo 19 de la declaración Universal de los Derechos Humanos dice que  «todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión».

Por otra parte una de las recomendaciones hechas a Honduras por el Consejo de Derechos Humanos en 2011, establece que el Estado debe tomar las medidas necesarias para mejorar la seguridad de los periodistas y defensores de derechos humanos y llevar a cabo investigaciones independientes y creíbles sobre los asesinatos y agresiones y llevar a la  justicia a los perpetradores de estos actos condenables.

Finalmente el artículo 8 de las Garantías Judiciales, establecidas enla Convención Americanade los Derechos Humanos expresa que toda persona tiene derecho a ser oída, con las debidas garantías y dentro de un plazo razonable, por un juez o tribunal competente, independiente e imparcial.

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