La Sala V del Tribunal de Sentencia declaró culpable a Blanca Mélida Chávez Hernández, exgerente Administrativa de la Presidencia de la República en el gobierno del ex presidente Roberto Micheletti, por el delito de fraude en perjuicio de la Administración Pública del Estado de Honduras.
En el proceso también fue condenado el Ingeniero Luis Alonso Ramírez Vallecillo, por el delito de estafa; sin embargo, fue absuelto por el delito de uso de documentos falsos en perjuicio de la administración y la fe pública ya que este delito se encuentra dentro del artículo que contiene la estafa.
Chávez Hernández, fue absuelta por el delito de violación de los deberes de los funcionarios en virtud que este delito se encuentra subsumido dentro del delito de Fraude; de igual manera, fueron absueltos por los delitos de violación de los deberes de los funcionarios y fraude los señores Rafael Cerrato Aguilar y Gregorio Reyes Maldonado, auditor y preinterventor, respectivamente, por no encontrar el Tribunal elementos que les acreditaran los ilícitos a ellos imputados.
La exfuncionaria actuó en su condición de Gerente Administrativa de la Comisión Presidencial de Modernización del Estado que dependía de la Secretaría de la Presidencia a cargo en aquel entonces del profesor Rafael Pineda Ponce (QDDG) durante la administración Micheletti comprendido de junio 2009 a enero 2017.
La investigación establece que durante los meses de agosto de 2009 a enero 2010 se detectaron varias acciones anormales en la Gerencia Administrativa, dependiente de la Secretaría de la Presidencia de aquel momento, por lo que se procedió a analizar un total de 26 cheques emitidos encontrándose diferentes irregularidades derivadas de la emisión de al menos 22 para ayudas sociales.
Una vez que ella había obtenido el visto bueno de los cheques por parte del secretario presidencial, estos fueron modificados tanto en los nombres de los beneficiarios como las cantidades por las cuales habían sido autorizados; se encontró además irregularidad en que los cheques que habían sido emitidos durante los meses de agosto a diciembre de 2009 fueron entregados y cobrados por sus beneficiarios hasta en el mes de enero de 2010.
Asimismo, se detectó que de los cheques emitidos por la Comisión para solicitud de ayudas sociales, 18 no tenían la documentación soporte tal es el caso del imputado Luis Alonso Ramírez Vallecillo, quien solicitó una ayuda a dicha Comisión para la construcción de dos aulas en la Escuela “Miriam Judith Gallardo” de Danlí; al realizar investigaciones se detectó que en el Departamento de el Paraíso existían dos escuelas con el mismo nombre, sin embargo ninguna de ellas recibió la ayuda que había sido autorizada por la Presidencia de la República manifestando sus directoras no haber solicitado al Profesor Pineda Ponce la construcción de ninguna aula y que tampoco conocían al ingeniero Ramirez Vallecillo a quien la Comisión le emitió un cheque por la cantidad de más de 209 mil lempiras supuestamente para la construcción de dos aulas.
Según informe del Tribunal de Cuentas la emisión de estos cheques afectó considerablemente la cuenta de la Comisión Presidencial en 1 millón 211 mil 635 lempiras.
El delito de fraude está contemplado en el artículo 376 del Código Penal con una pena de 6 a 9 años de reclusión más la inhabilitación absoluta por el doble del tiempo que dure la pena impuesta. Por el delito de estafa el artículo 241 establece una pena de 6 a 9 años de reclusión más el pago de una multa equivalente al 10 por ciento del valor defraudado.
La audiencia para la determinación de la pena se realizará el 23 de febrero a las 9:00 de la mañana.