Después de dos años de las conflictivas elecciones generales de 2017, el Congreso Nacional se apresta a finalizar su segunda legislatura este próximo 24 de enero de 2020 sin intención de resolver la reelección presidencial y las reformas constitucionales referentes a la segunda vuelta electoral y la definición de las competencias entre la justicia constitucional y electoral.
Lo que parecía una posición firme de los principales partidos opositores, el Partido Libertad y Refundación (Libre) y el Partido Liberal (PL), al haber presentado en el Congreso Nacional el 21 de julio de 2016, el 24 de enero y el 26 de febrero de 2019, solicitudes para la celebración de consultas ciudadanas sobre la reelección presidencial y la segunda vuelta electoral, desapareció cuando junto con el Partido Nacional tomaron control del Registro Nacional de las Personas (RNP), el Consejo Nacional Electoral (CNE) y el Tribunal de Justicia Electoral (TJE) el pasado agosto de 2019; evidenciando así, una clara contradicción entre sus discursos de representar los intereses colectivos de la población y evitar un proceso electoral conflictivo y violento en 2021, que traiga consigo daños económicos y muertes.
Tomando en consideración el rol relevante que ha jugado la Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ) en el proceso de reforma al sistema electoral, manifiesta su posición de la siguiente manera:
1. Segunda vuelta electoral: Con la inscripción y participación de nuevos partidos, y tres fuerzas políticas con opciones reales de ganar una elección, la fragmentación del voto continuará produciendo márgenes estrechos, que resultarán con un presidente o presidenta elegidos con porcentajes bajos a su favor, por ende, insuficiente legitimidad ciudadana. La adopción de una segunda vuelta es necesaria para asegurar que el gobierno electo pueda tener el apoyo popular.
2. Reelección presidencial: El Golpe de Estado de 2009, la destitución irregular de los magistrados de la Sala de lo Constitucional de 2012 y la crisis electoral de 2017, son suficientes precedentes de la reelección presidencial que dejan la puerta abierta a nuevos episodios de conflictos sociales e inseguridad jurídica a manos de la clase política. Habiendo artículos constitucionales vigentes que la prohíben y un fallo de la Corte Suprema de Justicia que la habilita, la única vía legítima para resolver definitivamente la procedencia, o no, de la reelección presidencial, es a través de una consulta ciudadana.
3. Definición de límites entre la justicia electoral y constitucional. Para septiembre de 2018, un año después de las elecciones generales de 2017, la Sala de lo Constitucional no había resuelto 13 de los 18 recursos de amparo presentados por motivo de los resultados del proceso electoral, lo que evidencia su incapacidad de resolver diligentemente impugnaciones determinantes para los resultados de las elecciones. Diversos diputados, juristas nacionales, abogados y la Organización de los Estados Americanos (OEA), reconocen la necesidad de resolver los vacíos y contradicciones en la Constitución de la República en torno a las facultades y competencias del Tribunal de Justicia Electoral. Si estas reformas no se realizan en tiempo y forma, los reclamos que presenten ciudadanos, candidatos y partidos políticos no serán resueltos, produciendo más conflictos, incertidumbre sobre los resultados y una nueva crisis política en el país.
Desde 2018, la ASJ ha recalcado la necesidad de que se hagan las reformas en tiempo y forma para evitar la conflictividad social. Si los diputados no efectúan las reformas o no convocan a una consulta ciudadana, será su responsabilidad lo que pueda ocurrir en el proceso electoral de 2021. La reforma electoral no termina ahí, todavía hay temas importantes por discutir en materia de leyes electorales, como el financiamiento político y las mesas electorales. La ASJ continuará vigilante, no podemos permitir que esta reforma resulte siendo más de lo mismo, con las mismas promesas políticas y con los mismos resultados.