La evaluación curricular, la celebración de audiencias públicas, la ponderación y la calificación final, son parte de las fases que comprende el reglamento aprobado por unanimidad por los miembros de la comisión especial multipartidaria del Congreso Nacional encargada de celebrar el proceso para la elección de los nuevos magistrados del Tribunal Superior de Cuentas (TSC).
Como se sabe, el pleno del Congreso Nacional, debe elegir en diciembre próximo a los nuevos titulares del TSC por lo que desde el 4 y hasta el 17 de octubre, los aspirantes pueden entregar la documentación ante la secretaría del Poder Legislativo para lo cual también deberán cumplir con los requisitos exigidos por la ley.
La etapa preparatoria inició el pasado 29 de septiembre con la instalación de la comisión especial multipartidaria, la aprobación del reglamento respectivo, del cronograma de trabajo, la matriz de ponderación y convocatoria de aspirantes, para que presenten la documentación requerida ante la primera secretaria del Congreso Nacional, en formato impreso y digital, y que comprende además la revisión e investigación de la documentación recibida y finaliza con la publicación del listado final de admitidos.
En ese sentido, la convocatoria se divulgó en dos diarios impresos de mayor circulación en el país y mediante anuncios en programas de radio y televisión con cobertura nacional la que se mantendrá hasta el próximo 17 de octubre que es la fecha cuando vence el plazo para la presentación de los documentos de parte de los aspirantes.
La siguiente etapa es la evaluación curricular que consiste en el proceso a través del cual, la comisión especial realizará un análisis, conforme a la matriz de ponderación previamente aprobada, de los logros curriculares del candidato, conforme a la documentación aportada.
Luego de esa fase, vienen las audiencias públicas, que se celebrarán el 7 y 8 de noviembre y que es el mecanismo mediante el cual los nominados comparecen ante el Poder Legislativo representado en la comisión especial, con la finalidad de ser evaluados sobre los diferentes aspectos relacionados con la función del Tribunal Superior de Cuentas, la cual se desarrolla con la libre participación y acompañamiento de diferentes sectores de la sociedad.
La otra fase, es la entrevista que consiste en la técnica mediante la cual se deben formular las preguntas a los candidatos a ocupar las referidas funciones orientadas a conocer la idoneidad personal, profesional, conducta, experiencia y a la vez verificar toda la información obtenida en relación a la trayectoria de quienes están nominados a ocupar dichos cargos.
Tras terminar las audiencias públicas y la entrevista, viene el proceso de ponderación de méritos personales y profesionales y que consiste en el proceso de valorar cualitativa y cuantitativamente en forma objetiva y puntual de toda la información obtenida por la comisión especial, más las evaluaciones derivadas de las audiencias públicas con el propósito de determinar la nómina final a presentar al pleno del Congreso Nacional.
En el proceso destaca el la participación de representantes de las organizaciones de la sociedad civil y en ese sentido, todas las personas naturales que a título particular o en delegación de una
organización gubernamental o no gubernamental, organismo internacional o de cooperación, medios de comunicación u otro sector de la sociedad civil, pueden participar en cualquier etapa del proceso de acuerdo a las disposiciones establecidas por la comisión especial.
Según el reglamento aprobado por unanimidad, el día y hora señalado por la comisión especial se llevará a cabo la audiencia pública con participación de los miembros de la comisión multipartidaria, aspirantes o candidatos, la sociedad y medios de comunicación, en la cual se practicará una entrevista a cada uno de los aspirantes bajo el mecanismo establecido previamente.
Los participantes de los distintos sectores de la sociedad pueden formular interrogantes a los aspirantes, las cuales deben ser entregadas previamente por escrito al presidente de la comisión multipartidaria, el que determinará la pertinencia de las mismas.
Para cada candidato se destinaran 30 minutos distribuidos de la forma siguiente: Cinco minutos auto presentación por parte del precandidato, 15 minutos, tiempo para preguntas y respuestas; conducido por el presidente de la comisión; y 10 minutos, tiempo para preguntas adicionales, por parte de los demás miembros de la comisión especial.
Para que se acrediten los requisitos establecidos en la Constitución de la República y demás aspectos que la comisión especial considere pertinente, ésta puede solicitar a los aspirantes o las diferentes instituciones del Estado la presentación de documentos adicionales, que estime conveniente para acreditar la idoneidad de los candidatos para el cargo.
Una vez concluida la etapa de las audiencias públicas, la comisión deliberará sobre los diferentes aspectos que sirvieron de evaluación a los aspirantes, tomando como referencia los siguientes criterios: Evaluación curricular 40 por ciento: entrevista 30 por ciento e idoneidad para el cargo otro 30 por ciento.
Las decisiones que adopte la comisión especial tienen el carácter de: acuerdos, resoluciones, informes y recomendaciones las cuales se podrán tomar por unanimidad o mayoría simple de sus integrantes. La Comisión debe levantar un acta de cada Sesión, la cual será firmada por todos los miembros que asistan a las mismas. Todas las actuaciones de la comisión deben ser publicadas en el portal electrónico del Congreso Nacional; asimismo la ciudadanía puede enviar sus comentarios, observaciones y sugerencias a la comisión especial multipartidaria.
Requisitos para aspirantes a magistrados del TSC
1. Ser hondureño por nacimiento;
2. Ser mayor de 35 años;
3. Ser ciudadano en el ejercicio de sus derechos;
4. Ser de reconocida honradez y de notoria buena conducta; y,
5. Poseer título universitario en las áreas de ciencias económicas, administrativas, jurídicas y financieras.
Documentación requerida para la admisibilidad de candidatos, según artículo 224 constitucional:
1) Certificación original del acta de nacimiento para acreditar la condición de hondureño por nacimiento y la edad. La condición de ciudadano se acreditara con la copia de la tarjeta de identidad;
2) Copia debidamente autenticada del título que acredite la profesión universitaria requerida;
3) Constancia de inscripción en el colegio profesional al que pertenece; y constancia de solvencia de las aportaciones (no indispensable);
4) Constancia del Tribunal de Honor del colegio profesional al que pertenece de no tener sanciones o asuntos pendientes por el ejercicio profesional (no indispensable);
5) Constancia de antecedentes penales y antecedentes policiales;
6) La solvencia con el Estado y sus Instituciones (Servicios de Administración de Rentas del Estado, SAR, Procuraduría General de la República, Tribunal Superior de Cuentas, donde se señale que no tiene deudas pendientes con la Hacienda Pública y del Ministerio Público), y,
7) Solvencia Municipal.