El Congreso Nacional se reunirá el próximo martes 21 de febrero para aprobar la Ley de Fortalecimiento y Efectividad de la Policía de Seguridad, que contiene reformas penales para combatir más duramente los delitos de la extorsión, las asociaciones ilícitas de maras y pandillas y otras formas de crimen organizado que mantienen aterrorizada a la población.
El anuncio lo hizo hoy el presidente de la comisión especial multipartidaria encargada de dictaminar la iniciativa enviada por el Poder Ejecutivo, diputado José Tomás Zambrano luego de reunirse con miembros del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad junto a otros parlamentarios que integran la comisión.
En una comparecencia de prensa, Zambrano explicó que luego de analizar el dictamen y las leyes a reformar, hay satisfacción en los cuerpos de seguridad sobre los alcances de las reformas y los cambios al recoger el espíritu, deseo y fortalecimiento en la lucha contra el flagelo de la extorsión y otros ilícitos.
El parlamentario descartó las aseveraciones vertidas por algunos sectores políticos en medios de comunicación que acusaban que se estaba dando una licencia para matar a los policías o militares y eso quedó descartado.
Se descarta una reforma al artículo 25 del Código Penal porque ya existe una causa de justificación en el artículo 24, en el caso cuando un policía, un militar en ejercicio de su labor tiene algún inconveniente o deba usar la fuerza en un hecho ya los tribunales determinan que se debe acreditar esa legítima defensa, explicó.
Eso se debe descartar para que algunos hondureños no sigan engañando y mintiendo a la población, recalcó.
Detalló que en el Código Penal, se reforma el artículo 222 referente al delito de extorsión en varias vías, primero ya no será necesario que se llegue a la entrega del dinero para que se pueda calificar y sustentar ante los tribunales el delito de extorsión.
Con la reforma, el solo hecho de la llamada, mandar un mensaje o carta de solicitando dicho pago, se tendrá por hecho el delito de extorsión y como peligro inminente para la víctima, su familia y el entorno familiar.
Además, se aumentan varias causales de agravantes si se usa a menores de edad o la llamada proviene de un centro penal, si se da el cierre del negocio igual se mantiene como delito de orden público y si le causa muerte a la víctima, familiares o empleados del negocio ya conlleva la privación de libertad de por vida.
También se reforma el artículo 335 del Código Penal que es el delito de terrorismo y el 335-A y en esto dijo dejar claro el mensaje, esa reforma en ningún momento criminaliza ni lleva esa dirección con las protestas de sectores políticos, sociales, estudiantiles o cualquier grupo organizado de la sociedad que se manifieste por exigir un derecho.
El derecho a la manifestación ya lo consagra la Constitución de la República y en tratados de derechos humanos de los que Honduras es parte y en tal sentido esta reforma en ningún momento ataca las manifestaciones públicas.
Más bien fortalece, en el caso que miembros o integrantes de grupos de asociaciones ilícitas estén ejecutando actos violentos, atemorizando a la población y que los mismos vayan orientados a que un sector o determinadas personas hagan o dejen de hacer algo y lo hagan de forma sistemática se podría aplicar la figura de terrorismo, acotó el también prosecretario del Congreso Nacional.
Zambrano pidió dejar de lado a cualquier sesgo político por un sector, ya que se considera que nadie debe andar quemando buses o negocios sino exigir en esa manifestación pública algunas libertades o derechos que la ciudadanía tiene.
Igual en el 335-A queda claro que se declara terrorismo a esos grupos de asociación ilícita que tienen o retoman o suplantaban a la autoridad en barrios, colonias y otros sectores de la población.
“Otro aspecto que debe quedar claro, porque son dudas que en cierto momento realizan campañas de desinformación por algunos ciudadanos es la intervención de llamadas telefónicas y a pedido de los mismos investigadores que señalan que la mayor debilidad encontrada es que la entrega de la información, cuando se pedía con una orden judicial se entregaba tres días después y en este tipo de delitos la repuesta debe ser inmediata”, ilustró.
Añadió que la reforma va orientada que por pedido de la Unidad de Intervención de Comunicaciones del Ministerio Público y por resolución de juez se va a la empresa de telefonía móvil y la información se la deben entregar de inmediato sin importar hora y día.
La reforma al Código Procesal Penal también resuelve falencias en el tema de extorsión y es lo de la prueba anticipada, cuando ahora la víctima, testigo, personas o el ofendido en las causas de extorsión se le podrá aplicar dicha prueba en la Cámara de Gesell.
Ahí solo se le tomará su declaración ante el juez, filmada y grabada y esa comparecencia se utilizara en todo el proceso y no sería necesario, en el caso de extorsión, que la víctima, testigo o familiares tengan que ir seguidamente al juicio y evitar temores.
Se reforma la Ley del Instituto Penitenciario, en varios artículos y su espíritu es mejorar el manejo de los centros penales, el tema de la pre liberación, manejo de reos de alta, mediana o baja peligrosidad.
Al reiterar la convocatoria para el próximo martes, Zambrano recalcó que este es un tema que no se debe politizar y es urgente entregar estas herramientas a los cuerpos de seguridad para dar respuesta a la sociedad.
En esta reunión participaron el viceministro de Defensa, general retirado Fredy Díaz Zelaya; el director general de la Policía Nacional, Félix Villanueva, el comandante de la Fuerza de Seguridad Interinstitucional Nacional (Fusina), Rainel Fúnez Ponce; el director general de Investigación e Inteligencia del Estado, Carlos Aldana y otros miembros de la cúpula policial.