CN aprueba amnistía en pago de multas y recargos en matrícula de vehículos

El Congreso Nacional aprobó este jueves, con dispensa de dos debates, la iniciativa introducida a la Cámara Legislativa por el diputado nacionalista por Francisco Morazán, José Oswaldo Ramos Soto, orientada a reformar el artículo uno del decreto 36-2017, mediante el cual se concede el beneficio de amnistía en el pago de intereses, multas y recargos de los contribuyentes que se encuentren morosos o que no hayan cumplido sus obligaciones tributarias con el Estado y los municipios referente a la Tasa Única Anual por matrícula de vehículos automotores, motocicletas y remolques y en lo referente a impuestos, contribuciones y tasas municipales hasta el 31 de diciembre de 2017.

Los contribuyentes pueden suscribir arreglos de pago sobre las cantidades tributarias adeudadas libres de intereses, multas o recargos a partir de la vigencia del presente decreto hasta el 31 de diciembre de 2017.

Asimismo, se concede amnistía en relación al pago de impuestos ocasionados por mejoras. En el caso del pago de la Tasa Única Anual por matrícula de vehículos, los contribuyentes pueden realizar sus pagos en forma mensual y la última cuota debe ser cancelada en el mes que corresponda con el número de placa de su vehículo.

Mercados y terminales

En la sesión de este jueves, se terminó de aprobar en tercer y último debate, un decreto que está orientado a beneficiar las municipalidades del país a fin de darles la oportunidad de que puedan construir mercados y terminales de buses, aunque no tengan el dinero para hacerlo, sin embargo, en el artículo cinco se suspendió la discusión y aprobación para mejorar la redacción del mismo

Según la iniciativa, los inversionistas privados podrán construir centros comerciales y terminales de autobuses, pero esas obras conservarán su carácter de municipal. En el debate a iniciativa del presidente del Congreso Nacional, Mauricio Oliva, se eliminaron los artículos siete y ocho del decreto.

La iniciativa fue introducida a la Cámara Legislativa por el diputado nacionalista por Santa Bárbara, César Enrique Handal y estaba orientada inicialmente a autorizar a las corporaciones municipales de Trinidad, Santa Bárbara; Lepaera, Lempira y San Marcos de Colón, Choluteca, sin embargo, en el decreto se incluye a todas las municipalidades del país para que dentro de sus prioridades y planes sociales puedan adjudicar y suscribir contratos para construir mercados urbanos y rurales y/o terminales de transporte terrestre utilizando líneas de créditos disponibles en Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (Banhprovi) y el Banco Central de Honduras (BCH), a través del sistema financiero nacional. Las municipalidades pagarían durante siete años solamente los intereses.

Condecoración y protección de datos

En la sesión de este jueves, se aprobó con dispensa de dos debates, la iniciativa introducida a la Cámara, por el diputado nacionalista por Olancho, Reinaldo Sánchez, introdujo al pleno una iniciativa encaminada a otorgar un condecoración del Congreso Nacional en el grado de Gran Cruz

Oficial por su distinguida participación en representación del país en la competencia militar Fuerzas Comando Paraguay 2017 a los miembros de las Fuerzas Armadas de Honduras: capitanes de Fuerzas Especiales Daniel Armando Rivera González, Eliel Isaí Aguilar Castro, José Manuel Soriano Ordóñez, Félix Víctor Pastrana Aguilera, Luis Manuel Cano Zavala.

Asimismo a los tenientes de Fuerzas Especiales: Tito Aguilera González, Erin Javier Cano Zavala, subtenientes de Fuerzas Especiales: José Eduardo Alvarado Ponce, Eduard Crescencio Hernández, Denis Noel Bonilla Espinal; subteniente de ingeniería Mario Iván Cano Zavala y Johnny Mateo Bejarano Pérez. La condecoración se entregará en sesión solemne del Congreso Nacional.

En la sesión de este jueves, se aprobó en primer debate desde el artículo 84 al 100 del proyecto de decreto introducido a la Cámara Legislativa por el diputado nacionalista por Francisco Morazán, Antonio César Rivera Callejas y dictaminado por la comisión especial de seguridad y prevención ciudadana que contiene la Ley de Protección de Datos Personales que contiene 103 artículos consignados en 13 capítulos.

Se trata de la protección o tutela de los derechos al honor, a la intimidad personal, a la familia y a la propia imagen, que han sido reconocidos por la legislación hondureña desde la suscripción y la ratificación de los instrumentos internacionales tales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Tomando en cuenta que con esta ley se amplía las facultades del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) y sus atribuciones, se encargaría de vigilar el respeto de los datos personales por lo que es necesario hacer modificaciones a la misma Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para ampliar su competencia, ampliar el ámbito de aplicación hasta la denominación de dicho instituto.

El país ha ido sumando esfuerzos para acoplarse a las exigencias del mercado, y mientras que ha logrado regular algunos aspectos, otros simplemente no. El diputado proyectista, Antonio César Rivera Callejas, manifestó que el dictamen está más enriquecido por lo tanto retira el proyecto original y se adhiere al dictamen.

Honduras ha firmado algunos acuerdos a nivel internacional como el Convenio Budapest, que homogeniza la persecución de la cibercriminalidad. Además, en 2009 suscribió la Convención de las Naciones Unidas sobre la utilización de las comunicaciones electrónicas en los contratos internacionales.

En 2014, el actual Congreso Nacional aprobó la Ley de Comercio Electrónico que a través de sus 28 artículos facilita y regula la creación de negocios por Internet. Mientras que, a finales de 2013 mediante el decreto 149 se aprobó la Ley sobre Firmas Electrónicas, necesaria para el desarrollo de nuevos modelos de contratos, formas de contratación y de tramitación.

Ahora está en discusión un anteproyecto de Ley de Protección de Datos Personales y Acción de Hábeas Data que abarca datos sensibles que afectan la intimidad de las personas.

El anteproyecto propone además establecer un esquema procesal para darle mayor peso jurídico, así como la elaboración de un Reglamento de la Ley, y la conformación e integración de una Gerencia de Protección de Datos (Prodatos) en el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), entidad que vigilaría el cumplimiento de dicha ley.

Código Penal

Siguiendo con la aprobación en último debate del nuevo Código Penal, este jueves se ratificó el título VII que se refiere a la responsabilidad de las personas jurídicas, personas jurídicas penalmente responsables, personas jurídicas que no son responsables penalmente, penas a las personas jurídicas, circunstancias atenuantes para las personas jurídicas penalmente responsables y suspensión del procedimiento en delitos cometidos por personas jurídicas.

Igualmente se aprobó en tercer y último debate, el capítulo VIII, el que se refiere a los                                                         delitos contra la naturaleza humana y la sección que incluye las penas contra los delitos relativos al tráfico de órganos, tráfico ilegal de órganos humanos, sección  II delitos relativos a la manipulación genética, manipulación genética agravada, clonación, inhabilitación para el profesional de la salud y responsabilidad de las personas jurídicas.

Se aprobó también el título II, delitos contra la seguridad colectiva, capítulo I  delitos relativos a la energía nuclear y radiaciones ionizantes, responsabilidad de las personas jurídicas, capítulo III disposiciones comunes a los delitos ambientales, responsabilidad de funcionario o empleado público; título XXVII delitos urbanísticos, responsabilidad de las personas jurídicas, capítulo X delitos de usura, artículo 404 responsabilidad de las personas jurídicas en el capítulo XXI, seguridad de las redes y de los delitos informáticos, capítulo III delitos contra la seguridad social, responsabilidad de las personas jurídicas, fraude a la Seguridad Social o al Sistema de Pensiones, responsabilidad de las personas jurídicos.

Asimismo, se aprobó en el capítulo II delitos contra la hacienda pública, responsabilidad de las personas jurídicas; título XXIV receptación y lavado de activos, responsabilidad de las personas jurídicas; título XXXI terrorismo, responsabilidad de las personas jurídicas; título VII responsabilidad de las personas jurídicas, suspensión del procedimiento en delitos cometidos por personas jurídicas; capítulo X delitos de usura.

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