En las últimas horas, el subdirector del Instituto Nacional Penitenciario (INP), el abogado German McNeil, dijo que esta medida es parte del reordenamiento que se está realizando en el sistema carcelario del país.
Asimismo indicó que “las reglas están claras en nuestra legislación se definió que para que puedan ingresar a realizar visita conyugal debe estar debidamente acreditado mediante unión de hecho legalizada o certificado matrimonio” de lo contrario no se le otorgara el permiso conyugal.
De igual forma expresó que “como bien sabemos en nuestro país no está permitido el matrimonio entre parejas del mismo sexo, por ende, si no logra acreditar su unión de hecho o matrimonio no podrá realizar visita conyugal” y no podrá visitar a su pariente o pareja.
En ese sentido el subdirector del INP apuntó que “la visita conyugal es un derecho que tienen todos los privados de libertad, sin embargo, la misma se tiene que hacer con las regulaciones del caso, con las medidas correspondientes”.