La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), declaró con lugar una solicitud de suspensión del acto reclamado de la defensa del extitular de la desaparecida Secretaría de Obras Públicas, Transporte y Vivienda (Soptravi), Miguel Pastor.
Por lo tanto, la Sala de lo Constitucional ordenó que se modifique la medida de prisión preventiva y que el exfuncionario se defienda en libertad.
Así lo informó su apoderado legal, Félix Ávila, quien explicó que la acción de amparo va contra de la resolución de la Corte de Apelaciones en materia de corrupción que denegó la medida de prisión preventiva.
“La suspensión consiste en ordenarle a los órganos jurisdiccionales inferiores, es decir, la Corte de Apelaciones y el Tribunal de Sentencia que procedan al otorgamiento de la medida cautelar”, dijo Ávila.
El profesional del derecho indicó que la resolución de la Sala de lo Constitucional es de caracter inmediato.
Ávila argumentó que la Sala de lo Constitucional entendió que el cambio de medidas era legítimo debido que la prisión preventiva venció en marzo del presente año.
“Se entiende que la decisión de la Sala de lo Constitucional va a la Corte de Apelaciones, luego esta debe revocar la decisión que denegaron anteriormente, como consecuencia, el Tribunal de Sentencia debe de dar la medida cautelar distinta a la prisión preventiva”, manifestó.
El abogado defensor del extitular de Soptravi señaló que otros imputados que están en el caso que involucra a su cliente están defendiéndose en libertad.
Pastor es acusado por el Ministerio Público por la presunta comisión de cohecho, fraude y colaboración para lavado de activos.
Cabe recordar que Pastor está a la espera del juicio oral y público junto a Walter Noé Maldonado, Karol Ivonne Pineda Baide, Daysi Marina Zúniga Méndez, José Manuel Valladares, Claudia Marisela Matute, Lucas Jetssel Velásquez Ramos, Norberto Antonio Quezada y Marlon Yovany Aguilera Flores. (ag)-Proceso.hn