Nadie da razón sobre pago de recompensas en casos criminales

El mecanismo de recompensas se instituyó desde el año 2014 en Honduras y está
amparado bajo el decreto 21-2014 a través del programa Los Más Buscados.

La ley establece pagos de recompensas por información de aquellas personas que sin haber intervenido en el delito brinden datos útiles que lleve a la captura de uno o más criminales.

Aseguran que quienes den información permanecerán en el anonimato. Los montos se establecen de acuerdo a la complejidad del caso y las dificultades para obtener la información.

El pago, según la ley, debe hacerse mediante transferencia bancaria, pero en ningún momento ni efectivos policiales, ni personas ligadas a la seguridad, ni parientes en el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad podrán ser beneficiarios del sistema.

Son fondos que año con año están dentro del presupuesto de la Secretaría de Seguridad para el funcionamiento del programa Los más buscados.

“Esa ley ordena que debe hacerse una matriz por parte del Consejo de Defensa y Seguridad señalando cuánto y porqué se debe pagar.

Pero esa matriz no se ha hecho, queda a discreción de la Secretaría de Seguridad definir cuánto se ofrece por información”, dice Raúl Pineda Alvarado, analista.

El pago se hace más por la vía de hechos, que ajustado a un protocolo, señala el abogado.

«Las recompensas funcionan para las personas que dan información, no para los cuerpos de seguridad del Estado.

La Policía tiene permanentemente desplegado un equipo de búsqueda y captura para estos delincuentes”, dijo, por su parte, Gustavo Sánchez, director de la Policía Nacional.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *