Magistrado del TSC: “lo que aprobó el Congreso Nacional NO es una ley de impunidad”

Tras la entrada en vigencia de la “Ley Especial para la gestión, asignación, ejecución, liquidación, y rendición de cuentas de los fondos públicos para proyectos de orden social, comunitario, infraestructura y programas sociales” el magistrado del Tribunal Superior d Cuentas (TSC) José Juan Pineda, aseguró que la normativa NO se trata de una ley de impunidad. 

Según el magistrado Pineda, lamentablemente vivimos en una  época que se presta a informar al pueblo erróneamente y al pueblo se le debe pasar la información tal como manda la ley.

Pineda explicó que basado en sustento legal lo aprobado por el Congreso Nacional no es un decreto de impunidad y el TSC como órgano contralor deberá darle cumplimiento tal y como manda la Constitución de la República.

“Es una ley que llama a que debe aplicar sanciones en recuperar el dinero en aquellos funcionarios, personas jurídicas y naturales que hayan recibido dinero del Estado para realizar una obra y que deben probar en este órgano contralor si se realizó o no”, apuntó Pineda.

Ley establece procedimientos de liquidación

La ejecución de los fondos transferidos será responsabilidad directa del ejecutor al cual se le hayan adjudicado los mismos y deberá realizar un arduo proceso de liquidación.

La nueva ley marca un antes y un después en el tema de transparencia.

“La normativa ya establece los procedimientos de liquidación que son importantes para verificar documentación, sino que permite constatar que las obras se hicieron tal y como estipulaba el proyecto, en el lugar y la forma correspondiente”, explicó Pineda.

Diputados no recibieron dinero del Fondo Departamental:

El Magistrado Pineda aclaró que tiene documentación donde hace constar que los diputados del Congreso Nacional desempeñaron el papel de gestores.

Hay Organismos No Gubernamentales (ONG) que solicitan a los diputados que les ayuden para realizar una obra de beneficencia, el diputado hace la labor de gestor para que dichas obras se realicen. 

“Quien recibió la transferencia bancaria por parte de Finanzas fueron las instituciones dedicadas a realizar proyectos sociales, conocidas como ONG, y estas ONG son las obligadas a rendir cuentas y hacer la liquidación ante los órganos competentes”, apunta Pineda.

Si dicha ONG no liquida, entonces el Tribunal Superior de Cuentas tiene la obligación de notificar a la fiscalía para que tome las acciones correspondientes.

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