“Los diputados de la oposición han querido justificar su voto en contra de la ley, argumentando que no habrá veeduría social, pero aquí demostramos lo contrario”, dijo Tomás Zambrano.
• Es FALSO que en la adquisición no se tomaran en cuenta a los médicos, especialistas y academia – advirtió Zambrano.
• Diputados de Libre, PINU y parte de la bancada liberal, votaron en contra de la medida de vacunar a todos los hondureños y de crear un grupo consultivo.
El secretario del Congreso Nacional, Tomas Zambrano, aclaró contundentemente este viernes que la ley aprobada sobre la adquisición de la vacuna contra el Covid-19, SI contempla el asesoramiento de los expertos en la metería, como ser médicos, enfermeras y por supuesto la academia.
“En el debate de la ley se pidió agregar que existiera el asesoramiento de médicos y expertos, se aceptó, se votó y se agregó a la ley” sentencio Zambrano.
Se aprobó que el Poder Ejecutivo –agregó- deberá crear un órgano consultivo y de expertos, médicos, especialistas y todos los que tengan experiencia en el tema.
Con esta medida se garantiza que la vacuna que se adquiera deberá ser aprobada por la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos o por sus siglas en ingles (FDA).
El decreto también estipula claramente que El Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), debe garantizar que la adquisición de las vacunas contra el COVID-19, se realizará bajo la observancia de mecanismos transparentes y con los fabricantes de las vacunas que se aprueben por organismos internacionales, debiendo asegurarse de la calidad de las vacunas y que sean obtenidas al precio más justo.
Otra de las particularidades de la ley que aprobó el Congreso Nacional, es que el IHSS deberá de proceder a la compra de la vacuna, sin ningún tipo de intermediario, por lo que la misma deberá de ser directamente con el fabricante.
Secretaría de Salud (SESAL), procederá a la adquisición de vacunas a través del Fondo Rotatorio de Vacunas de la Organización Panamericana de la Salud OPS/OMS.
El artículo que habla del grupo consultivo:
Artículo 9.- El Poder Ejecutivo deberá crear un órgano asesor y consultivo convocando a expertos nacionales en la materia. La vacuna que va adquirir el Estado, debe de estar aprobada por la Administración de Alimentos y Medicamentos de Estados Unidos (FDA).