La Fiscalía Especial de Impugnaciones se notificó hoy de la resolución emitida por la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), que anula un fallo dictado por el Tribunal de Sentencia de San Pedro Sula, mediante el cual se favoreció al exalcalde sampedrano, Rodolfo Padilla Sunseri, al condenarlo por Malversación Culposa y no por Malversación dolosa en un caso relacionado a la emisión irregular de cheques para el pago de planillas fantasmas.
En ese sentido, la Sala de lo Penal le da razón al Ministerio Público al considerar que las acciones ejecutadas por el ex edil no constituyen una conducta culposa, y por ende la valoración probatoria que ha efectuado el Tribunal Sentenciador ha sido errada.
Asimismo, el Juzgador de Alzada es del criterio que en este caso se vulneraron las reglas de la sana crítica en la valoración de prueba de cargo aportada por el Ente Acusador.
Para la Fiscalía Especial para la Trasparencia y Combate a la Corrupción (FETCCOP), el hecho realizado por el exfuncionario municipal se subsume en el delito de Malversación de Caudales Públicos dolosos, extremo que será demostrado en el nuevo Juicio Oral y Público que ha sido ordenado se realice a la brevedad.
El delito de Malversación culposa solo se castiga con una multa de 50 a 100 mil lempiras, mientras que el delito de Malversación dolosa tiene una pena de reclusión de 6 a 12 años.