Los delitos contra la falsificación de tarjetas de crédito y débito, el contrabando y el abuso de autoridad y la malversación de caudales públicos, son algunos de los aspectos que aprobó en tercer y último debate este miércoles el Congreso Nacional, contenidos en el nuevo Código Penal para Honduras.
Se comenzó por la aprobación de la sección III que se refiere a la falsificación de tarjetas de crédito y débito, cheques de viajero e instrumentos financieros, falsificación de tarjetas bancarias y cheques de viaje, tráfico de tarjetas bancarias o cheques de viaje falsos, tenencia de tarjetas bancarias o cheques de viaje falsos para su puesta en circulación, fabricación o tenencia de instrumentos para la falsificación de tarjetas bancarias y cheques de viaje, falsedad en instrumentos financieros, agravantes específicas y responsabilidad de las personas jurídicas.
Igualmente, se aprobó el capítulo IV que se refiere a las falsedades personales, usurpación de la personalidad de otro, usurpación de funciones públicas, intrusismo profesional y el uso o tenencia de instrumentos para la falsificación de tarjetas bancarias y cheques de viaje.
Asimismo, se aprobó el título XXXI que se refiere al terrorismo, asociación terrorista, colaboración sin pertenencia, agravación de las penas en los delitos en particular, atenuantes específicas, asistencia a campos de entrenamiento, ciberterrorismo o terrorismo electrónico, punición de actos preparatorios, penas privativas de derechos, reincidencia internacional y responsabilidad de las personas jurídicas, este capítulo quedó en suspenso en lo referente al delito de terrorismo.
Contrabando y malversación
Además, se aprobó el título XXIII que se refiere al contrabando y delitos contra la hacienda pública y la seguridad social, capítulo I contrabando, delito de contrabando, penalidad y responsabilidad de las personas jurídicas, capítulo II delitos contra la hacienda pública, defraudación fiscal, fraude de subvenciones y ayudas, delito contable y responsabilidad de las personas jurídicas.
Se aprobaron también las disposiciones transitorias, retroactividad de la Ley Penal más favorable, criterios para determinar la ley más favorable, penas conjuntas, penas suspendidas, penas de multas, penas privativas de derechos, penas privativas de libertad en ejecución, penas conjuntas, penas ejecutadas, pronunciamientos pendientes de ejecución, reincidencia y reemplazo, criterios de valoración de gravedad en la pena de multa, sentencias pendientes de recurso, medidas de seguridad, responsabilidad civil, perseguibilidad, prescripción, recursos, sustitución de penas y detención de fin de semana.
Igualmente, se aprobaron las disposiciones finales, Código Procesal Penal, reglas a las que queda sujeta la suspensión del fallo, otras reformas,
Asimismo, se aprobó el título XXVI que se refiere a los delitos contra la administración pública, capítulo uno malversación de caudales públicos, malversación por apropiación, malversación por uso, malversación por aplicación oficial diferente, administración desleal del patrimonio público,
agravantes específicas, atenuantes específicas y malversación imprudente, disposiciones generales.
Fraude y exacciones legales
Otro capítulo aprobado es el II que se refiere al fraude y las exacciones ilegales, capítulo III enriquecimiento ilícito, capítulo IV negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones públicas y abusos en el ejercicio de la función, negociaciones prohibidas a funcionario o empleado público, negociaciones prohibidas a perito, árbitro y otros, asesoramiento ilegal, uso de información privilegiada y solicitación de actos de contenido sexual, capítulo V tráfico de influencias cometido por funcionario público y tráfico de influencias cometido por particular, capítulo VI cohecho propio, cohecho impropio, cohecho posterior acto, cohecho por consideración al cargo, cohecho cometido por particular y concusión.
Igualmente quedó aprobado el capítulo VII referente al prevaricato y prevaricato administrativo, capítulo VII abuso de autoridad y violación de los deberes de los funcionarios, abuso de autoridad y anticipación, prolongación y abandono de funciones públicas, capítulo IX referente a la infidelidad en la custodia de documentos y violación de secretos, sustracción, destrucción, ocultación o inutilización de documento en custodia, facilitar destrucción de documento en custodia, acceso a documentos secretos, responsabilidad de los particulares, revelación de secretos y aprovechamiento de secreto o información privilegiada, este capítulo quedó en suspenso, capitulo X usurpación de funciones y simulación de cargo y usurpación de funciones públicas por particulares.
Aprobaciones en tercer, segundo y primer debate
En la sesión de este miércoles se aprobó con dispensa de dos debates el proyecto de ley enviado por el Poder Ejecutivo y dictaminada por una comisión especial que está orientado a derogar el decreto legislativo 306-2013 que contiene la aprobación del contrato del fideicomiso para el mejoramiento de infraestructura y servicios del departamento de Islas de la Bahía.
En la aprobación participó el director del Instituto Hondureño de Turismo (ITH), Emilio Silvestri, quien ilustró que en 2012 se había aprobado la constitución de un fideicomiso para la rehabilitación de las vías del departamento de Islas de la Bahía, pero se había consignado en el decreto que era a través del Banco Continental, y desde ese entonces se ha hecho imposible la transferencia de los fondos tanto de la Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos (Insep) y de Turismo y de Zolitur al fideicomiso dada a la situación que se presentó con esa institución en el año 2015 y en ese sentido, se pide la derogación de ese decreto para poder colocar el fideicomiso en otro banco.
Asimismo, se aprobó la derogación del decreto 122-2016 mediante el cual se reforma el decreto 306-2013. El Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Finanzas hará las reservas del presupuesto de Insep y se haga la deducción anual por 10 años consecutivos a partir del año 2017 por el monto de 30 millones de lempiras.
Asimismo, se autoriza para que de la recaudación anual por el concepto de Tasa Turística que reporte el IHT, se haga la deducción anual por 10 años consecutivos a partir del 2017 y autorizar a la Zona Libre Turística de Islas de la Bahía (Zolitur), a incorporar la cantidad de por lo menos siete millones de lempiras anuales por un período de 10 años a partir del 2017.
En la sesión de este miércoles se aprobó con dispensa del segundo debate el decreto enviado por el Poder Ejecutivo y dictaminado por una comisión especial que establece que se exceptúa de la aplicación del artículo cinco de la Ley del Impuesto Sobre la Renta y sus reformas relacionados a los pagos que realiza el ITH y la Dirección General de la Imagen de País adscrita a la Presidencia de la República a las personas naturales o jurídicas, los residentes o no domiciliados en el país en el marco de la producción de Honduras y de los productos de Honduras en el mercado regional e internacional.
El titular del IHT, explicó que cuando el país realiza promociones en Centroamérica o eventos o material publicitario, se tiene que retener el 25 por ciento, pero en las ferias y en las contrataciones que se realizan en el exterior, se hace imposible esa retención porque las empresas no permiten retener ese 25 por ciento sino que hay que pagarles el valor neto por lo tanto esa institución se ve obligada a pagarlo de su propio presupuesto.
Asimismo, con dispensa de dos debates, se aprobó la iniciativa introducida por el diputado liberal por Yoro, Vivian Portillo y dictaminado por la comisión ordinaria de salud orientada a decretar y establecer como efeméride nacional el 27 de septiembre de cada año como el Día del Médico Pediatra Hondureño para testimoniar el aporte de los profesionales de la medicina de esa especialidad en beneficio de la salud, los derechos y el bienestar de la niñez hondureña.
Se aprobó también con dispensa de dos debates, el proyecto de decreto presentado por el diputado nacionalista por Olancho, José Francisco Rivera Hernández orientado a autorizar al Benemérito Cuerpo de Bomberos a realizar una modificación de estructuras presupuestarias para realizar una nivelación salarial a partir del 1 de enero de 2017 al personal que labora en dicha institución.
En segundo debate pasó el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo y dictaminado por la comisión especial de energía, orientado a aprobar en todas y cada una de sus partes el contrato para la generación de potencia y energía eléctrica suscrito entre la Secretaría de Recursos Naturales, Ambiente y Minas (Serna), y la sociedad mercantil Energía Renovable de Olancho S.A. de C.V., para la instalación del proyecto hidroeléctrico Tonjagua, localizado en San Esteban, departamento de Olancho el que generará cuatro mil kilovatios de energía.
Igualmente en segundo debate se aprobó el proyecto de decreto enviado por el Poder Ejecutivo que contiene el contrato 189-2014, suscrito por la Secretaría de Recursos Naturales, Ambiente y Minas (Serna) y la Empresa Generadora de Energía San Francisco S.A., para la instalación de la planta San Francisco, ubicada en el municipio de Danlí, departamento de El Paraíso.
En primer debate se aprobó un proyecto de decreto enviado por el Poder Ejecutivo y dictaminado por la comisión de presupuesto orientado a reformar por adición el artículo 130 del decreto legislativo 171-2016.
Con esa reforma ese artículo ahora establece que los funcionarios y empleados del gobierno central, desconcentrados y descentralizados que tengan que participar en actos oficiales fuera del país invitados por instituciones u organismos internacionales, podrán participar siempre y cuando los viáticos y otros gastos de viaje, serán cubiertos en su totalidad por los patrocinadores y únicamente se reconocerá el pago de los impuestos aeroportuarios de salida del país.
Cuando los funcionarios o empleados del gobierno central, desconcentrados y descentralizados que participen en actos oficiales fuera del país debidamente justificados con recursos del Estado, será de dos participantes por institución, además en todo caso a nivel general no se autoriza ningún tipo de complemento cuando se le proporciones viáticos por el organismo patrocinador del evento.
Cuando se trate de misiones especiales que se realicen en representación del país no habrá límite de representación siempre y cuando sean autorizados por la Presidencia de la República mediante acuerdo ejecutivo; se exceptúa de esa disposición a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros por el trabajo de supervisión financiera consolidada que realice en forma conjunta con entidades tanto a nivel nacional como internacional, no teniendo vínculos con instituciones regionales, mundiales necesarias para concluir su cometido principal de ejercer la vigilancia y control de las instituciones bancarias, aseguradoras, financieras y otras instituciones públicas y privadas reguladas, incluyendo las destinadas a la prevención y el combate al lavado de activos, financiamiento del terrorismo o el acuerdo intergubernamental FATCA (Ley de Cumplimiento Tributario de Cuentas Extranjeras), con el gobierno de Estados Unidos, la que para todos los viajes al exterior deberá regirse por las disposiciones contenidas en el reglamento de viáticos y otros gastos de viaje para funcionarios y empleados del Poder Ejecutivo.