Delitos contra la dignidad, trata de personas y formas degradantes de explotación humana, aprueba CN en nuevo Código Penal

Con la participación de los consultores internacionales y especialistas en derecho penal, Francisco Javier Álvarez y Esther Hava, en la sesión de este jueves se aprobó en tercer y último debate, el capítulo II del título III del nuevo Código Penal que se refiere a las lesiones que contiene los artículos que versan sobre los tipos agravados de lesiones, lesiones graves, lesiones imprudentes y lesiones al feto, el que debe ser castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años.

Si los hechos anteriores se realizan por imprudencia grave la pena debe ser de prisión de seis meses a dos años. La embarazada no será penada a tenor de este precepto.

Si los hechos se cometen en el ejercicio de profesión u oficio debe imponerse, además, la pena de inhabilitación especial para su ejercicio de tres a seis años.

Asimismo, se aprobó el título IV que se refiere a los delitos contra los deberes de socorro de los ciudadanos en cuyo articulado se incluye la omisión del deber de socorro, omisión del deber de socorro a personas especialmente vulnerables, omisión de prestación de asistencia sanitaria y la omisión de los deberes de impedir delitos o de promover su persecución que debe ser castigado con la pena de prisión de seis meses a un año, salvo que al delito no impedido le corresponda igual o menor pena, en cuyo caso se debe imponer ésta reducida en un tercio.

Igualmente se aprobó el título VI que se refiere a la discriminación con ocasión del ejercicio de derechos que contiene artículos que penalizan la denegación de prestación de un servicio público por discriminación, denegación de prestación en el ejercicio de actividades profesionales o empresariales por razones de discriminación e incitación a la discriminación; estos delitos deberán ser castigados con las penas de  prisión de uno a tres años, multa de 100 a 200 días e inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de uno a tres años.

También fue aprobado el título VII que se refiere a los delitos contra la dignidad y el honor, capítulo I delitos contra la integridad moral, sección I tortura, tratos inhumanos, crueles o degradantes que incluye artículos donde se establecen las penas por el trato degradante, amenaza para obtener confesión, tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes por funcionario público y concursos.

La sección II se refiere a la trata de personas y formas degradantes de explotación humana que contiene artículos donde se establecen las penas por trata de personas, agravantes específicas, explotación en condiciones de esclavitud o servidumbre, explotación de la mendicidad, inseminación artificial y otras técnicas de reproducción asistida no consentidas, experimentación sin consentimiento, responsabilidad de las personas jurídicas, concursos y reincidencia internacional.

Segundo y primer debate

En la sesión de este jueves se aprobó en segundo debate el proyecto de decreto dictaminado por la comisión ordinaria de presupuesto presentado por el Poder Ejecutivo  que contiene la ley especial para el ordenamiento de la contabilidad y las finanzas de la municipalidad de San Pedro Sula.

En ese sentido, se autoriza a la municipalidad de San Pedro Sula para que pueda efectuar los ajustes de clasificaciones de la contabilidad de la municipalidad para posteriormente generar los estados financieros depurados como resultado del trabajo de ordenamiento de la contabilidad efectuado por firma internacional PriceWaterhouseCoopers, el que ha sido debidamente aceptado y aprobado por la corporación municipal y enviados al Tribunal Superior de Cuentas (TSC), para que verifique y apruebe ese trabajo profesional elaborado por una firma auditora de renombre internacional y que cumple con el objetivo principal de tener balances financieros auditados.

Asimismo, se autoriza a la municipalidad sampedrana para efectuar el ordenamiento contable necesario y ajustar las cuentas que sean necesarias en el ordenamiento de la contabilidad y generar estados financieros depurados.

Se autoriza también a la municipalidad de San Pedro Sula para contratar vía licitación pública los servicios de una compañía auditora de renombre internacional para efectuar la auditoría financiera contable de la municipalidad sampedrana. Se solicita al TSC que emita su opinión y presente su aceptación y recomendación en este trabajo de contable que está siendo aprobado mediante este decreto en el término de 30 días calendario cuando se amerite y de esa manera lograr que la municipalidad de San Pedro Sula, tenga balances financieros depurados y pueda lograr las auditorías de estados financieros.

Igualmente, se aprobó en segundo debate se aprobó la iniciativa introducida a la Cámara Legislativa por la diputada del Partido Anticorrupción (PAC), por Cortés, Fátima Patricia Mena Baide, y dictaminada por la comisión ordinaria de la niñez, la familia, juventud y el adulto mayor, orientada a derogar el párrafo tercero del artículo 16 del Código de Familia.

En primer debate, se aprobó en todas y cada una de sus partes el acuerdo de apoyo para el cumplimiento del contrato 026-2014, suscrito por la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) y Energías Limpias de Yaguala S.A. y aval solidario del Estado de Honduras.

Iniciativa de ley

En la parte de presentación de iniciativas de ley, el diputado nacionalista por Francisco Morazán, Rossel Renán Inestroza, presentó una iniciativa a reformar el artículo 144 de la Ley Electoral y de las Organizaciones Políticas, en el que se establecerá que la propaganda electoral sólo podrá ser realizada dentro de los 35 días calendario anteriores a la práctica de elecciones internas y primarias y 60 días calendario anteriores a la celebración de elecciones generales.

Fuera de los plazos establecidos en este artículo queda prohibida la propaganda electoral mediante la televisión, la radio, periódicos escritos, revistas, vallas publicitarias, en sitios o lugares públicos, altoparlantes fijos o móviles y concentraciones públicas.

Quienes contravengan lo dispuesto en este artículo serán sancionados con una multa de 100 a 500 salarios mínimos e igual sanción se impondrá a los medios de comunicación involucrados.

El presidente en funciones del Congreso Nacional, Milton de Jesús Puerto, cerró la sesión y convocó para una nueva reunión el próximo martes 25 de abril a las 3:00 de la tarde.

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