CSJ: Ley del Consejo de Judicatura es inconstitucional

CSJ magistradosEl pleno de magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), declaró ayer de manera unánime, como inconstitucional los decretos que dieron vida a la Ley del Consejo de la Judicatura en el 2011.

Al declarar inconstitucional la Ley, los dos artículos constitucionales reformados vuelven a su estado original, antes que se creara el Consejo de la Judicatura.

Las deliberaciones empezaron por la tarde y terminaron como a eso de las 7:00 de la noche, momento en que siete magistrados emitieron el veredicto mediante el cual se declararon inconstitucionales, en primera instancia, el decreto de dicha ley que permitió la elección de los consejeros.

El jefe de comunicaciones del Poder Judicial, Melvin Duarte, explicó que como primera instancia se aprobó la “derogación total del Decreto 219-2011, contentivo de la Ley del Consejo de la Judicatura”.

Luego “el pleno se pronuncia, abrogando por efecto extensivo el Artículo 90 de la Ley Sobre Justicia Constitucional, que establece que la tendencia que declare la inconstitucionalidad de un precepto legal, podrá también declarar inconstitucional aquellos preceptos de la misma ley u otras con las que tenga una relación directa”.

Explicó así, que se derogó el decreto que permitía el nombramiento de los inspectores general y adjuntos de los órganos jurisdiccionales, en la misma dirección “se declaró no ha lugar, lo peticionado en el recurso consistente en dejar sin valor ni efecto, las reformas a los Artículos 313(atribuciones de la CSJ) y 317 (creación del Consejo de la Judicatura), constitucionales de la República”.

“El Consejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial como figura continúa existiendo y debe continuar existiendo como órgano”, señaló Duarte.

Duarte resumió que el pleno interpretó que el Consejo de la Judicatura y la Carrera Judicial como figura continúa, existiendo como órgano, al tiempo de considerar que por iniciativa de ley a la CSJ, le tocará redactar el anteproyecto de ley para una nueva normativa.

Del mismo modo, se estableció que los nuevos miembros deberán ser nombrados por el Poder Judicial e implica la puesta en vigencia de la anterior Ley de la Carrera Judicial que data de 1980.

Por otra parte, que en manos del presidente de la CSJ estará la administración de los bienes materiales y de personal, se enfatizó en que el nuevo Consejo de la Judicatura vendría a ser un elemento auxiliar del Poder Judicial.

Una vez que se ha pronunciado la CJS, se procederá a la firma de la sentencia, la que pasará al Congreso Nacional, para ser enviada a publicación.

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