Corte Suprema de Justicia de El Salvador declara inconstitucional ley de amnistía

CSJ El Salvador

Tomado de nacion.com

La Sala Constitucional de la Corte Suprema de El Salvador declaró, este miércoles, inconstitucional la Ley de Amnistía General para Consolidación de la Paz que en 1993 perdonó crímenes cometidos durante la guerra civil que asoló al país entre 1980 y 1992.

La Ley de Amnistía General para la Consolidación de la Paz de 1993 es inconstitucional por ser «contraria al derecho al acceso a la justicia, a la tutela judicial o protección de los derechos fundamentales», señala un comunicado de la Sala de lo Constitucional.

La misiva indica que esa ley también violenta el «derecho a la reparación integral de las víctimas de los crímenes de lesa humanidad y crímenes de guerra constitutivos de graves violaciones al derecho internacional humanitario».

La ley de Amnistía, aprobada por el Congreso el 20 de marzo de 1993, fue anulada por la «violación» a dos artículos de la Constitución salvadoreña que están relacionados con la Convención Americana sobre Derechos Humanos y con el Protocolo II de 1977, adicional a los Convenios de Ginebra del 12 de agosto de 1949 relativo a la protección de las víctimas de los conflictos armados sin carácter internacional.

Además, indica, la amnistía contempla la extinción «en todo caso de la responsabilidad civil», lo que contradice el derecho a la indemnización por daño moral, pues «obstaculiza e impide precisamente una forma de reparación» consignada en la Constitución y el derecho humanitario internacional.

La guerra civil salvadoreña, que concluyó con la firma de acuerdos de paz el 16 de enero de 1992, dejó en doce años una estela de 75.000 muertos, unos 7.000 desaparecidos y cuantiosas pérdidas a la economía del país.

La Sala recordó que en los Acuerdos de Paz que pusieron fin a la guerra «no se hizo ninguna alusión expresa a la amnistía» y que, «por el contrario», en esos acuerdos se pactó «cláusulas tendentes a combatir la impunidad y garantizar la justicia» en graves violaciones a los derechos humanos durante el conflicto.

En una Ley de Reconciliación Nacional, aprobada el 23 de enero de 1992, se estableció que no gozarían de amnistía las personas que, según un informe de una Comisión de la Verdad que investigó atrocidades cometidas durante el conflicto, «hubieren participado en graves hechos de violencia» ocurridos desde el 1.°de enero de 1980, reseñó la Sala.

La Sala estableció que «los crímenes de lesa humanidad son de carácter imprescriptible según el derecho internacional, por lo que no pueden oponerse medidas de orden interno, tanto legislativas como de otro carácter, que impidan la investigación, el esclarecimiento de la verdad, la aplicación de una justicia independiente, y que nieguen la justicia».

Respecto a delitos de lesa humanidad que se habrían cometido durante el conflicto, la Sala señaló que «no nos encontramos ante comportamientos individuales y aislados de quienes los

consumaron» y que, por el contrario, «son el resultado de lineamientos y órdenes emanados de un aparato organizado de poder, y donde es claramente visible la jerarquía».

Tras conocer la sentencia de la Sala de la Corte, el director de la no gubernamental Comisión de Derechos Humanos de El Salvador (CDHES), Miguel Montenegro, dijo a la AFP que «la Sala emitió una resolución apegado a la justicia».

«La ley de amnistía fue producto de una negociación política no apegada al derecho de las víctimas, (por eso) celebramos y aplaudimos la resolución porque con ello se dio la razón a los organismos humanitarios que desde 1993 sosteníamos que era inconstitucional».

En tanto, en una primera reacción del lado del gobierno, el ministro de Defensa, general David Munguía, calificó la sentencia como un «error político» pues «creará un clima de inestabilidad, que afecta el espíritu de los acuerdos de paz».

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