La Corte Suprema de Justicia (CSJ) notificó este miércoles a la Asociación para una Sociedad más Justa (ASJ) la admisión de un recurso de inconstitucionalidad presentado contra el estado de excepción decretado por el Poder Ejecutivo desde diciembre de 2022.
El recurso fue presentado por ASJ, a través del centro de Asistencia Legal Anticorrupción (ALAC), el 5 de febrero. El escrito impugnaba la suspensión de garantías constitucionales establecidas en los decretos ejecutivos emitidos desde el PCM-29-2022 hasta el PCM-30-2025, por considerar que vulneran derechos fundamentales de la ciudadanía y contravienen el marco constitucional y los tratados internacionales suscritos por Honduras.
El capítulo hondureño de Transparencia Internacional argumentó además que la suspensión prolongada de garantías constitucionales, como la libertad de asociación, circulación y la inviolabilidad del domicilio (allanamientos a cualquier hora y sin orden judicial), vulnera derechos fundamentales y contraviene la Constitución y tratados internacionales.
Asimismo, el recurso presentado señaló que el estado de excepción ha excedido el límite de 45 días permitido por la ley y que sólo una de las 18 declaratorias cumple con el procedimiento constitucional, por lo que las demás son ilegales.
Para notificarse de la admisión del recurso de inconstitucionalidad, en representación de ASJ se presentaron a la CSJ: Nelson Castañeda, director de Seguridad y Justicia, y Juan Carlos Aguilar, director de Democracia y Transparencia.
Para Nelson Castañeda, la admisión del recurso por parte de la Corte Suprema de Justicia representa un avance significativo en la defensa del orden constitucional. “La decisión de la Sala de lo Constitucional de admitir nuestro recurso evidencia la importancia de revisar a fondo la legalidad y legitimidad de la suspensión prolongada de derechos fundamentales. El artículo 187 de la Constitución establece límites claros para el uso del estado de excepción, que deben respetarse para garantizar el debido proceso y la protección de las libertades ciudadanas”, apuntó.
Y agregó que “es fundamental que el Poder Ejecutivo y la Secretaría de Seguridad comprendan que impulsar y sostener públicamente la vigencia de un estado de excepción sin contar con la debida ratificación del Congreso Nacional constituye un acto grave que contraviene la Constitución y pone en riesgo el Estado de derecho en Honduras”.
Con la admisión del recurso de inconstitucionalidad, corresponde ahora a la Sala de lo Constitucional evaluar la legalidad de la suspensión de garantías constitucionales, en su calidad de órgano encargado de interpretar y velar por el cumplimiento de la Constitución.
«Tras más de dos años bajo estado de excepción, no se han observado resultados sostenibles en la reducción del crimen organizado, mientras que la ciudadanía ha visto restringidos derechos esenciales como la libertad de asociación y circulación. La prolongación de esta medida, sin el debido respaldo legal, ha sido motivo de preocupación para organismos nacionales e internacionales. Esperamos que la Sala de lo Constitucional actúe con imparcialidad y restablezca el pleno goce de los derechos y garantías fundamentales para todos los hondureños”, concluyó Castañeda.