Consejo de Ministros aprueba creación de equipo de supervisión de tributos internos y aduaneros

El Consejo de Ministros celebrado este martes en las instalaciones de la Escuela Normal de Occidente, de La Esperanza, Intibucá, aprobó el decreto ejecutivo mediante el cual se instruye al ministro director de la Dirección Ejecutiva de Ingresos (DEI), que organice un equipo de trabajo especializado en supervisión de tributos Internos, aduaneros y en los aspectos legales relacionados.

En ese sentido, el titular de la DEI, Mario López, leyó la iniciativa que consiste en instruir y autorizar al director de esa institución, para que en un plazo no mayor de 60 días calendario, contados a partir de la vigencia del decreto ejecutivo, organice un equipo de trabajo especializado en supervisión de tributos internos, aduaneros y en los aspectos legales relacionados, integrado por personas que reúnan requisitos de idoneidad, integridad, civismo, profesionalismo y competencias en el cumplimiento de sus funciones.

Agregó que las personas seleccionadas serán identificadas y seleccionadas mediante exámenes de capacidad profesional y pruebas de confianza necesarias para desempeñar el entre ellas, toxicológicas, psicométricas, de polígrafo, estudios socioeconómicos o patrimoniales y cualquier otra que se estime útil, pertinente y proporcional para el cumplimiento de sus funciones, las que serán obligatorias para su contratación.

Asimismo, se establece que los integrantes del equipo de trabajo, podrán ser sujetos de la aplicación de la Ley Especial de Intervención de las Comunicaciones Privadas.

Además, indica que para la conformación de esa agrupación especial, se contará con la colaboración de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) y, para ese efecto, se integrará una comisión de reclutamiento y evaluación a fin de seleccionar los profesionales idóneos al puesto.

Añadió que le compete a este equipo, ejecutar labores técnicas de supervisión de tributos internos, aduaneros y aspectos legales relacionados, asignados directamente por el director de la DEI, o por el funcionario a quien el delegue para tal función.

Además, se deberán ejecutar, en el marco legal, las acciones inmediatas que procuren la eliminación del déficit existente en las recaudaciones tributarias.

López agregó que para el cumplimiento de lo establecido en esa iniciativa se mantienen las facultades y competencias del director de la DEI, establecidas en el decreto legislativo Número 17-2010, que contiene la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público, publicado en el diario oficial La Gaceta el 22 de abril de 2010,en cuanto a la creación y cancelación de plazas, así como la creación o restructuración de unidades técnicas y administrativas, la rotación del personal de cualquier unidad de tributos internos o de aduanas, todo, en el marco de la competencia y las atribuciones legales propias de institución estatal.

También señala que en consecuencia, no le es aplicable a la DEI, lo establecido en la circular del 11 de enero del 2013, acuerdo número 3-2013 del 11 de enero del año en curso y acuerdo 05-2013, del 24 de enero de 2013.

Finalmente, López dijo que se deberá a su vez ejecutar, a partir de la vigencia del presente decreto ejecutivo, los cambios estructurales adicionales que garanticen un desempeño eficiente y eficaz, los que deben adoptarse de inmediato hasta alcanzar la estructura adecuada para cumplir con eficiencia su misión y visión.

 

 

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