CN aprueba que más de 100 mil maestros jubilados y activos reciban atención médica en el IHSS

El Congreso Nacional aprobó este miércoles con dispensa de un debate, un proyecto de ley dictaminado por una comisión especial encabezada por el diputado Mario Alonso Pérez, orientado a que 100 mil docentes jubilados y activos del Instituto de Previsión del Magisterio (Inprema), puedan recibir los servicios médicos que presta el Instituto Hondureño de Seguridad Social.

Con la ley actual un maestro que dejaba de laborar en el sistema educativo y se jubilaba no podía asistir a recibir atención médica en el Seguro Social, pero ahora esa situación se revierte y los docentes jubilados ahora gozarán de los servicios de salud que presta el IHSS.

Cobertura obligatoria

El presidente de la comisión de dictamen, Mario Alonso Pérez, recordó que la iniciativa busca darle cobertura de forma obligatoria a 18 mil maestros jubilados. El proyecto de ley contó con el respaldo de todas las bancadas de la Cámara Legislativa.

Explicó que los maestros activos y jubilados pagarían de sus pensiones y de sus sueldos un pequeño porcentaje en base a la ley, y desde luego el Inprema pagará la mayor parte de la cuota para que todos tengan la atención médica que necesitan con esa cobertura.

Mediante el decreto se reforma el artículo 48 de la Ley del Instituto de Previsión del Magisterio para que los jubilados de esa institución, del Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Pensionados del Poder Ejecutivo (Injupemp), del Instituto de Previsión Social de los Empleados de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (Inpreunah) y del Instituto Hondureño de Seguridad Social, de conformidad a lo que establece la Ley Marco del Sistema de Protección Social, deben gozar de la protección de los servicios del régimen del seguro de atención de salud del IHSS.

Para ese efecto, el IHSS debe emitir la normativa que contendrá las condiciones en que contendrán dichas prestaciones. Asimismo, los institutos públicos antes relacionados, están obligados a aportar al Régimen del Seguro de Atención a la Salud del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS), conforme a los estudios actuariales que garanticen la sostenibilidad actuarial y financiera de cada uno.

El director presidente del Inprema, Emilio Ernesto Carías, amplió que cada docente pagará al mes el 3.5 por ciento de la pensión que recibe. A su vez el Inprema aportará el 10.5 por ciento mensual y hará la función del patrono.

«Si nosotros vemos la parte de pensión y vistas las enfermedades que padecen, de la preexistencia de enfermedades de los docentes jubilados y pensionados y por otro lado, lo que costaría un seguro en una administradora de valores privada, no tendrían la posibilidad de poder obtenerlo. Es así que se han hecho algunas encuestas con los jubilados y no jubilados y la mayor parte desean su cobertura a través del Seguro Social», detalló Carías.

Más contratación de médicos

Acotó que han sostenido una serie de pláticas con los representantes del IHSS para poder hacer el convenio y atender mediante las facilidades de infraestructura y de médicos, a los 18 mil maestros jubilados que están en el Inprema.

Añadió que sienten que es una necesidad ya que los mismos familiares de los jubilados en alguna medida no cuentan con los recursos para poder hacer frente a las enfermedades, aunque eso no se podría hacer si no se hubiera recuperado el Inprema en la parte actuarial y financiera en los cinco años que la interventora ha estado administrando el Instituto de Previsión del Magisterio. La parte actuarial ha bajado de 79 mil millones de lempiras a 16 mil 100 millones de lempiras y la parte de recursos totales ha aumentado de 22 mil millones a 38 mil millones de lempiras, la parte patrimonial se ha incrementado en más de 15 mil millones de lempiras y en la parte de servicios financieros se han otorgado créditos que suman alrededor de 13 mil 500 millones de lempiras.

Indicó que el decreto está sujeto a los cálculos actuariales que se hagan en la parte de no objeción por parte de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS).

El IHSS ya atiende a los jubilados del Instituto de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados y Funcionarios del Poder Ejecutivo (Injupemp), Lo anterior se hizo mediante un convenio en el que se hicieron estudios actuariales y de suficiencia para garantizar la sostenibilidad de la prestación de los servicios.

En la aprobación participaron el actuario del Inprema, Marco Antonio Destephen, Raúl Alberto Zavala, Emilio Ernesto Carías, Bessy Martínez y Giovanni Guifarro; Olivia Baldivieso, representante del Injupemp y el presidente de la Asociación de Jubilados y Pensionados del Injupemp, Norman López y directivos de la Asociación Nacional de Jubilados y Pensionados del Inprema..

Asimismo, los miembros de la Junta Interventora del Seguro Social, Vilma Cecilia Morales Montalbán y Germán Leitzelar Vidaurreta, quienes aseguraron que tienen la capacidad para absorber la atención de los jubilados.

En el caso del Inprema demandará de la contratación de mayor capital humano que permitirá que los recursos financien nueva contratación de muchos médicos que no tienen una oportunidad de trabajo, y por otra parte, poder dar la cobertura de servicios y beneficios que actualmente apruebe el IHSS, para muchos maestros que lleguen en busca de atención médica, detalló Pérez.

Justicia social

Los educadores jubilados cotizaron al IHSS todo el tiempo que laboraron en el sistema de educación pública y ahora el derecho no les asiste, por esa razón, en un acto de justicia social, las bancadas del Congreso Nacional, aprobaron casi por unanimidad la iniciativa.

Todos los institutos previsionales públicos deben afiliar a los participantes activos al régimen del seguro de atención a la salud, cumpliendo con el pago de los aportes que fija la Ley del Seguro Social.

Excepcionalmente los participantes activos de los Institutos públicos a que hace referencia el artículo anterior, deben realizar un aporte extraordinario para garantizar la sostenibilidad del servicio al momento de ser jubilados o pensionados por el sistema, lo anterior conforme lo determinen los estudios actuariales y financieros de cada Institución.

Para gozar del beneficio de salud prestado por IHSS, los jubilados y pensionados que actualmente gozan de una jubilación o pensión, así como los institutos antes mencionados, deben aportar al Régimen del Seguro de Atención a la  Salud, de acuerdo a los estudios y reglamentación establecida por el Instituto Hondureño de Seguridad Social.

Los aportes o cotizaciones patronales y del participante serán establecidos conforme lo que se determine en los estudios actuariales y financieros correspondientes.

El IHSS debe emitir en un plazo de 20 días hábiles, a partir de la vigencia de la presente ley, el reglamento correspondiente el cual será puesto en conocimiento previo de los Institutos relacionados.

Los afiliados activos que tenga acceso a la atención medica una vez que alcancen la condición de pensionados y/o jubilados y que no hayan cumplido el tiempo mínimo de cotización establecido en los estudios actuariales y financieros, seguirán cotizando sobre la base de su pensión o jubilación de acuerdo al aporte establecido por el Seguro Social hasta cumplir el mínimo requerido de cotización.

Ley de Protección de Datos Personales

En la sesión de este miércoles, se aprobó en primer debate hasta el artículo 83 del proyecto de decreto introducido a la Cámara Legislativa por el diputado nacionalista por Francisco Morazán, Antonio César Rivera Callejas y dictaminado por la comisión especial de seguridad y prevención ciudadana que contiene la Ley de Protección de Datos Personales que contiene 103 artículos consignados en 13 capítulos.

Se trata de la protección o tutela de los derechos al honor, a la intimidad personal, a la familia y a la propia imagen, que han sido reconocidos por la legislación hondureña desde la suscripción y la ratificación de los instrumentos internacionales tales como la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

Tomando en cuenta que con esta ley se amplía las facultades del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) y sus atribuciones, se encargaría de vigilar el respeto de los datos personales por lo que es necesario hacer modificaciones a la misma Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para ampliar su competencia, ampliar el ámbito de aplicación hasta la denominación de dicho instituto.

El país ha ido sumando esfuerzos para acoplarse a las exigencias del mercado, y mientras que ha logrado regular algunos aspectos, otros simplemente no. El diputado proyectista, Antonio César

Rivera Callejas, manifestó que el dictamen está más enriquecido por lo tanto retira el proyecto original y se adhiere al dictamen.

Honduras ha firmado algunos acuerdos a nivel internacional como el Convenio Budapest, que homogeniza la persecución de la cibercriminalidad. Además, en 2009 suscribió la Convención de las Naciones Unidas sobre la utilización de las comunicaciones electrónicas en los contratos internacionales.

En 2014, el actual Congreso Nacional aprobó la Ley de Comercio Electrónico que a través de sus 28 artículos facilita y regula la creación de negocios por Internet. Mientras que, a finales de 2013 mediante el decreto 149 se aprobó la Ley sobre Firmas Electrónicas, necesaria para el desarrollo de nuevos modelos de contratos, formas de contratación y de tramitación.

Ahora está en discusión un anteproyecto de Ley de Protección de Datos Personales y Acción de Hábeas Data que abarca datos sensibles que afectan la intimidad de las personas.

El anteproyecto propone además establecer un esquema procesal para darle mayor peso jurídico, así como la elaboración de un Reglamento de la Ley, y la conformación e integración de una Gerencia de Protección de Datos (Prodatos) en el Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP), entidad que vigilaría el cumplimiento de dicha ley.

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