El vicepresidente del Congreso Nacional, Antonio Rivera Callejas, resaltó este martes que la Corte Suprema de Justicia (CSJ), reconoce la preeminencia del Tribunal Superior de Cuentas (TSC) sobre el Ministerio Público (MP) en investigación de enriquecimiento ilícito.
A eso, Rivera Callejas le añadió que nadie está quitando la acción penal al MP, para que investigue la gestión, asignación, ejecución, liquidación y rendición de cuentas de fondos públicos a asignar para obras públicas de orden social, comunitarios y programas sociales.
Seguidamente, explicó que “Nadie le está cortando la acción penal al MP para que proceda, pero es necesario que primero se escuche al Tribunal Superior de Cuentas (TSC), para que determinen si hay responsabilidad civil, administrativa o penal”.
Asimismo, ejemplificó que en el año 2010 el MP acusó al expresidente Manuel Zelaya Rosales, por lo que la CSJ, estableció que no procedía la acusación porque antes de ello debía escucharse al TSC.
No obstante, la CSJ reconoce la preeminencia del TSC sobre el MP en el caso de análisis e investigación del manejo de Fondos Social Departamental – resaltó el diputado nacionalista.
Hay tres antecedentes que establecen esta preeminencia del TSC sobre el MP; uno de ellos es que en el año 2010 en un caso contra Zelaya, se estableció que el MP podía acusar sólo después de que el TSC estableciera que había responsabilidad administrativa o penal.
De igual manera, el MP presentó esa misma acción antes de eso fue a la exrectora de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), Ana Belén Castillo, tras acusársele de un supuesto el delito de fraude y por abuso de autoridad y José Antonio Carranza.
“En los tres casos, diferentes Cortés en diferentes años, establecieron que no procedían dichas acusaciones porque primero debió escucharse al TSC”, reiteró Rivera Callejas.
Según el vicepresidente del Congreso Nacional, en el 2018 la CSJ consideró inconstitucional algo similar que se aprobó dentro de la Ley de Presupuesto.
Lo anterior, debido a que la facultad fiscalizadora y la determinación de la presunta existencia del delito de enriquecimiento ilícito son atribuciones del TSC.
Esa acusación –agregó -, no fue por el contenido, sino que por la forma, ya que se aprobó dentro de una ley transitoria.
“Ahora estos controles y disposiciones se aprobaron dentro de una ley individual para regular la gestión, asignación, ejecución, liquidación y rendición de cuentas de fondos públicos a asignar para obras publicas de orden social, comunitarios y programas sociales”, finalizó el diputado.
Rivera Callejas, se refirió al tema luego que el interpuso ante la CSJ, un recurso de inconstitucionalidad contra la Ley para la Gestión, Asignación, Ejecución, Liquidación y Rendición de Cuentas de Fondos Públicos a Asignar para Obras Publicas de Orden Social, Comunitarios y Programas Sociales, que fue aprobada recientemente en el Pleno.
Con la ley aprobada por el Poder Legislativo se fortalecerá lo que es la transparencia en el manejo de ayudas y fondos en el tema de rendición de cuentas.
Dentro de esa iniciativa existen prohibiciones y compatibilidades de quienes no puede manejar ese dinero entre ellos directivos de organizaciones, empleados de alcaldías, funcionarios del gobierno diputados y sus parientes.