Los amantes de las mascotas ahora tendrán que pensarlo al momento de llevarlas de viaje o de paseo en sus vehículos, ya que se exponen a una multa de 600 lempiras.
Autoridades de la Dirección Nacional de Vialidad y Transporte (DNVT), han advertido que llevar una mascota como copiloto de un vehículo es prohibido y significa una multa.
Así lo establece el artículo 98 de la Ley de Tránsito en su inciso 32 que reza: “Es una infracción grave que el conductor lleve entre sus brazos a una persona, mascota, objeto, etc., que dificulte la conducción”.
“Todo agente está facultado para aplicar una sanción de 600 lempiras, esto por conducir y llevar una mascota como copiloto, porque puede ser un distractor para el conductor”, explican autoridades de Tránsito, quienes, advirtieron que realizarán operativos para evitar que los automovilistas incurran en esta infracción.
De acuerdo con la DNVT muchos accidentes de tránsito que se registran por el descuido del motorista por ir cuidando o jugando con su mascota.