Honduras quedará temporalmente suspendida de la Iniciativa de Transparencia para las Industrias Extractivas (EITI), en virtud de la calificación de “progreso insuficiente” que obtuvo en la evaluación del Requisito 1.3 sobre participación de la sociedad civil”.
El Consejo EITI coincide en que Honduras ha abordado plenamente siete de las 12 medidas correctivas de la primera Validación del país. Por ende, Honduras ha alcanzado un progreso global significativo en la implementación del Estándar EITI 2016, con importantes mejoras respecto de varios requisitos individuales.
No obstante, tras haberse evaluado que el país tuvo un “progreso insuficiente” en lo referente al Requisito 1.3 sobre participación de la sociedad civil, Honduras quedará temporalmente suspendida de conformidad con el Requisito 8.3.c.i.
El Consejo felicita al gobierno de Honduras y al grupo multipartícipe (GMP) por haber mejorado la transparencia en ámbitos de interés público. El proceso del EITI ha redundado en mejoras de los sistemas gubernamentales, especialmente en el organismo regulador de la minería Inhgeomin.
Se han establecido procesos para mejorar la divulgación de la información sobre el otorgamiento de licencias y catastro, los datos sobre producción y exportación y las contribuciones sociales voluntarias. Los Informes EITI han abordado los ingresos y pagos de la industria extractiva desde 2012 hasta 2018, destacando un estancamiento en el sector.
El Consejo reconoce que el sector minero ha tenido un crecimiento apenas discreto en el subsector no metálico en los últimos años, mientras que los sectores de la minería metálica, el petróleo y el gas se han estancado.
El EITI ha representado un esfuerzo en pos de la promoción del diálogo multipartícipe en el sector extractivo de Honduras. Sin embargo, las partes interesadas no han mantenido el nivel inicial de participación e interés en el proceso del EITI, debido a la compleja situación política y la violencia en el país.
Esto ocurrió en un contexto de deterioro de la confianza entre las partes interesadas a raíz de las disputadas elecciones presidenciales de 2017. También ha habido varias inquietudes por parte de organizaciones de la sociedad civil (OSC) nacionales e internacionales en relación con el espacio cívico y los derechos humanos.
El Consejo manifestó preocupación respecto del potencial impacto del Código Penal de junio de 2020 en la implementación del EITI, y sobre las amenazas al espacio cívico, incluidas las organizaciones indígenas y los defensores de los derechos humanos. Los intereses del conjunto de la sociedad civil dedicada a la gobernanza del sector extractivo no parecen estar reflejados en los objetivos y prioridades del grupo multipartícipe.
En consecuencia, el Consejo determinó que el objetivo del Requisito 1.3 ya no está siendo cumplido, y evaluó como “insuficiente” el nivel de progreso en relación con esta disposición. Se exhorta al grupo de la sociedad civil a reconsiderar su representación en el grupo multipartícipe y a garantizar que los desafíos y las prioridades de los diversos grupos que trabajan en relación con la gobernanza del sector extractivo se vean reflejados en los objetivos y el alcance del proceso del EITI.
Este proceso debería estar libre de todo indicio de coerción. Se alienta al gobierno a reiterar su compromiso hacia el protocolo del EITI para la sociedad civil y a garantizar que los representantes de la sociedad civil puedan participar en el proceso del EITI sin sufrir restricciones ni temor a represalias. El Consejo controlará la observancia de esta disposición en la tercera Validación de Honduras.
El Consejo reconoce que Inhgeomin ha logrado un progreso significativo en su labor de hacer más transparentes sus procedimientos e información. En similar sentido, la decisión de 2019 del Instituto de Acceso a la Información Pública (IAIP) de dejar sin efecto la clasificación como contenido reservado de la información relativa a las licencias ambientales constituyó un importante avance hacia una mayor transparencia en los aspectos ambientales de las industrias extractivas.
Se alienta al gobierno a garantizar que no haya ninguna otra restricción institucional o legal que pueda obstaculizar la efectividad de la implementación del EITI.
En lo sucesivo, el Consejo alienta a las partes interesadas de EITI Honduras a reevaluar sus objetivos para la implementación del EITI, a fin de asegurarse de que contemplen las circunstancias nacionales, la importancia relativa de las industrias extractivas y las expectativas de las partes interesadas. Se espera que todos los representantes del GMP, en especial los de la sociedad civil y la industria extractiva, asistan sistemáticamente a las reuniones del GMP.
Asimismo, se los exhorta a pronunciarse en defensa de un trato aceptable hacia los activistas de la sociedad civil dentro de las comunidades aledañas a los sitios de proyectos extractivos. Por otra parte, se solicita que los representantes de la industria ante el GMP den visibilidad a aquellas empresas que eligen cuidadosamente sus servicios de seguridad privada, que los capacitan adecuadamente y que aplican las mejores prácticas internacionales del ámbito de las industrias extractivas con miras al desarrollo de relaciones constructivas con las comunidades, incluida la publicación de los acuerdos con los cuerpos de policía estatales y las fuerzas de seguridad que especifican aquellas condiciones y situaciones en que las empresas pueden requerir la presencia de la policía nacional.
El Consejo alienta a Honduras a considerar las opciones disponibles en el Estándar EITI y solicitar al Consejo EITI su aprobación para reajustar la implementación del EITI en el país con el fin de garantizar la eficiencia en términos de costos, y adecuándola, al mismo tiempo, a los objetivos nacionales.
De acuerdo con la evaluación del Consejo, Honduras ha abordado plenamente siete medidas correctivas, obteniendo calificaciones de “progreso satisfactorio” o bien “no aplicable” respecto de los requisitos 1.1 (compromiso del gobierno), 1.5 (plan de trabajo), 4.1 (exhaustividad) 4.6 (pagos subnacionales), 6.1 (gastos sociales), 6.3 (contribución económica) y 7.4 (impacto de la implementación del EITI).
Conforme con la evaluación del Secretariado Internacional, Honduras ha tenido un progreso insuficiente o significativo en el abordaje de las otras cinco medidas correctivas. Dado que no logró mantener la observancia del Requisito 4.7, Honduras debe asegurarse de que los datos requeridos por el EITI se desglosen individualmente por cada proyecto, empresa, entidad gubernamental y flujo de ingresos.
El Consejo ha determinado que Honduras dispondrá de 18 meses antes de la tercera Validación (es decir, hasta el 28 de abril de 2022) para llevar a cabo medidas correctivas en relación con la participación de la industria (Requisito 1.2), la participación de la sociedad civil (1.3), el desglose (Requisito 4.7), la calidad de los datos (Requisito 4.9), el debate público (Requisito 7.1) y el seguimiento posterior de las recomendaciones (Requisito 7.3).
Honduras quedará temporalmente suspendida en virtud de la calificación de “progreso insuficiente” que obtuvo en la evaluación del Requisito 1.3 sobre participación de la sociedad civil.
En caso de no lograr un progreso satisfactorio en la tercera validación, se dispondrá la suspensión temporal en virtud del Artículo 6 del Estándar EITI. Conforme al Estándar EITI, el GMP de Honduras puede solicitar una prórroga de este plazo o bien pedir que la Validación comience antes de la fecha programada.