La convocatoria por parte de los diputados de la oposición es ilegal”: abogado constitucionalista, Juan Carlos Barrientos
• El CN está en un periodo normal de sesiones ordinarias y no cabe convocar a extraordinarias, por lo que el artículo 191 no procede aplicarse –destacó.
“La convocatoria por parte de los diputados de la oposición es ilegal, esa sesión no tiene indicios de ser una sesión regular del Congreso Nacional”, dijo el doctor en derecho constitucional, Juan Carlos Barrientos.
Inicialmente, Barrientos comentó que el Congreso Nacional está en un periodo normal de sesiones ordinarias y no cabe convocar a extraordinarias, por lo que el artículo 191 no procede aplicarse.
Seguidamente, expresó que la facultad de convocar a sesiones en el Congreso Nacional la tiene el secretario según la ley orgánica del Poder Legislativo.
“Mientras el secretario no haga una formal convocatoria no se puede, aunque haya quórum”, concluyó Barrientos.