El Congreso Nacional, aprobó en la sesión de este miércoles las penas que corresponden a delitos como el genocidio, violación a la inmunidad diplomática, muerte o lesiones a diplomáticos, fabricación o posesión de armas de destrucción masiva, piratería, tráfico de órganos humanos, incendio y estragos, homicidio, asesinato, parricidio, punición de actos preparatorios, aborto, inducción y auxilio al suicidio y homicidio imprudente, entre otros.
Gama de delitos
En ese sentido, con la participación de los consultores internacionales, Francisco Javier Álvarez y Esther Hava, se aprobó el capítulo IV que se refiere a las disposiciones comunes a los crímenes de lesa humanidad, genocidio y de guerra que contiene artículos sobre la responsabilidad de los jefes y otros superiores, responsabilidad por actos cometidos con imprudencia grave, punición de actos preparatorios, agravación especial y prohibición de aplicación de causa de justificación, donde se establecen la pena de prisión de cinco a 10 y de 15 a 25 años años e inhabilitación absoluta por el doble de tiempo que dure la pena de prisión.
Asimismo, se aprobó el capítulo V que se refiere a los delitos contra el derecho de gentes que contiene artículos que incluyen la violación de la inmunidad diplomática y la muerte o lesiones a personas diplomáticamente protegidas que será castigado con la pena de prisión a perpetuidad; si causa lesiones la pena de prisión debe ser de 10 a 15 años, y de cinco a diez 10 años si se trata de cualquier otro delito.
El capítulo VI se refiere a la fabricación y posesión de armas o medios de destrucción masiva que se refiere a armas o medios de destrucción masiva. Quien desarrolla, fabrica, produce, posee, suministra, almacena o se apodera de cualquier forma de armas químicas, biológicas, nucleares, radiológicas o de similar potencia destructiva, debe ser castigado con la pena de prisión de 20 a 30 años.
Se aprobó también el capítulo VII que se refiere a la piratería que contiene temas como la resistencia o desobediencia al apresamiento y el apoderamiento y desvío de naves, aeronaves, o medios de transporte colectivo que debe ser castigado con la pena de prisión de 20 a 25 años.
Otro capítulo aprobado es el VIII que se refiere a los delitos contra la naturaleza humana que incluye el castigo para el delito de tráfico ilegal de órganos humanos, agravaciones, responsabilidad de funcionarios o empleados públicos, punición de actos preparatorios, responsabilidad de la persona jurídica y la jurisdicción universal y reincidencia internacional, manipulación genética, manipulación genérica agravada, clonación, penalización de la imprudencia, inhabilitación para el profesional de la salud y responsabilidad de las personas jurídicas.
Para la aprobación de estos capítulos y artículos se contó con la ilustración de la doctora Mireya Matamoros, experta del Instituto Hondureño de Ciencias Forenses.
Asimismo, se aprobó el título II delitos contra la seguridad colectiva que contiene artículos referentes a la perturbación de instalaciones con alto riesgo de radiación, contaminación
radioactiva, apoderamiento de materiales nucleares o fuentes radioactivas, ocultación de información, responsabilidad del funcionario o empleado público y la responsabilidad de personas jurídicas,
Para la aprobación de estos capítulos también se contó con la colaboración del técnico especialista en radiología de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (UNAH), Jorge Alberto Almendárez.
Se aprobó igualmente el capítulo II que se refiere a incendios y estragos que contiene artículos dedicados a penalización de delitos como incendio, incendio cualificado, estragos, destrucción e inutilización de instalaciones contra desastres, obstrucción de las tareas de defensa e incendios y estragos imprudentes.
Por su parte, el capítulo III, se refiere a los delitos contra medios de transporte público y servicios públicos en cuyos artículos se establecen las penas para delitos como la puesta en peligro de transportes públicos e infraestructuras, puesta en peligro imprudente de transportes públicos e infraestructuras y la punición de actos preparatorios.
Igualmente se aprobó el título III capítulo I que se refiere a delitos contra la vida que contiene los artículos que se refieren al homicidio, asesinato, parricidio, punición de actos preparatorios, aborto, inducción y auxilio al suicidio y homicidio imprudente, lo que se castiga con una pena debe de un año a tres años de prisión, privación de los derechos a la tenencia y portación de armas de fuego; privación del derecho de conducción de vehículos automotores y la inhabilitación especial de profesión u oficio.
En ese aspecto tanto el consultor internacional, Francisco Javier Álvarez como el presidente de la comisión especial ampliada multipartidaria, Mario Pérez, dejaron claro que en este nuevo Código Penal, desaparece la conmuta y se tendrán que cumplir los años de cárcel al que sea condenado.
Primer debate
En la sesión de este miércoles se aprobaron en primer debate la totalidad de los 11 artículos que contiene el proyecto de decreto dictaminado por la comisión ordinaria de presupuesto y presentado por el Poder Ejecutivo, orientado a la Ley del Plan Nacional para la Inclusión y la Consolidación Financiera en el sentido de atender las necesidades tales como la educación, salud, vivienda y producción a través de las Mipymes así como la consolidación y la readecuación de sus deudas tendientes a mejorar la situación patrimonial y de sus familias.
Igualmente, pasó en primer debate el proyecto de decreto dictaminado por la comisión ordinaria de presupuesto presentado por el Poder Ejecutivo que contiene la ley especial para el ordenamiento de la contabilidad y las finanzas de la municipalidad de San Pedro Sula.
En ese sentido, se autoriza a la municipalidad de San Pedro Sula para que pueda efectuar los ajustes de clasificaciones de la contabilidad de la municipalidad para posteriormente generar los estados financieros depurados como resultado del trabajo de ordenamiento de la contabilidad
efectuado por firma internacional PriceWaterhouseCoopers, el que ha sido debidamente aceptado y aprobado por la corporación municipal y enviados al Tribunal Superior de Cuentas (TSC), para que verifique y apruebe ese trabajo profesional elaborado por una firma auditora de renombre internacional y que cumple con el objetivo principal de tener balances financieros auditados.
Asimismo, se autoriza a la municipalidad sampedrana para efectuar el ordenamiento contable necesario y ajustar las cuentas que sean necesarias en el ordenamiento de la contabilidad y generar estados financieros depurados.
Se autoriza también a la municipalidad de San Pedro Sula para contratar vía licitación pública los servicios de una compañía auditora de renombre internacional para efectuar la auditoría financiera contable de la municipalidad sampedrana. Se solicita al TSC que emita su opinión y presente su aceptación y recomendación en este trabajo de contable que está siendo aprobado mediante este decreto en el término de 30 días calendario cuando se amerite y de esa manera lograr que la municipalidad de San Pedro Sula, tenga balances financieros depurados y pueda lograr las auditorías de estados financieros.
En primer debate también se aprobó la iniciativa introducida a la Cámara Legislativa por la diputada del Partido Anticorrupción (PAC), por Cortés, Fátima Patricia Mena Baide, y dictaminada por la comisión ordinaria de la niñez, la familia, juventud y el adulto mayor, orientada a derogar el párrafo tercero del artículo 16 del Código de Familia.
Iniciativas de ley
En la etapa de iniciativas de ley, el diputado liberal por Islas de la Bahía, Jerry Hynds, presentó un proyecto de decreto orientado a exonerar a la organización sin fines de lucro “Pequeños Amigos” de la comunidad de French Harbour que está construyendo un hospital, del pago de derechos arancelarios, sobre tasas, cargas así como del Impuesto Sobre Ventas (ISV), para la importación de materiales de construcción que consiste en vigas de acero con un valor de 243 mil dólares.
Por su lado, el diputado liberal por Cortés, Walter Romero, presentó un proyecto encaminado a interpretar el numeral dos del artículo 213 del Código Tributario en el sentido de dejar de forma clara que el espíritu del legislador al momento de aprobar dicho artículo fue que los obligados tributarios, personas naturales o jurídicas, puedan acogerse al beneficio de actualización tributaria, realizando un único pago de 1.5 por ciento ante el fisco en el período comprendido desde el año 2012 hasta el 31 de diciembre de 2016.
De su lado, la diputada liberal por Atlántida, Kritza Pérez, presentó un proyecto de ley encaminado a derogar el artículo 335-B del Código Penal contenido en el decreto 144-83, artículo que fue creado mediante decreto número 6-2017.
El presidente en funciones del Congreso Nacional, Milton de Jesús Puerto, suspendió la sesión y convocó para una nueva reunión mañana jueves a las 10:00 de la mañana.